Redacción/Quadratín México
CIUDAD DE MÉXICO, 10 de mayo de 2024.- La Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que que continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) y sus medidas.
Lo anterior, con el fin de proteger la salud de la población y prevenir la exposición a niveles altos de ozono.
En un comunicado de prensa se recordó a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire y evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como ejercicio en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas.
El Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire de la Ciudad de México informa que, este viernes 10 de mayo, continúa la persistencia de un sistema de alta presión que generará ambiente seco y cielo despejado a medio nublado en la mayor parte del día, con intensa radiación solar y una temperatura máxima promedio de alrededor de los 30 grados Celsius.
En la mañana y primeras horas de la tarde, el viento será débil y de dirección variable, lo cual propiciará el estancamiento de los contaminantes y por la tarde, los pronósticos indican que las condiciones de dispersión mejorarán en forma gradual debido al predominio de viento ligero a moderado de componente sur- sureste. Con estas condiciones se estima que la calidad del aire estará dentro del rango de Mala a Muy Mala calidad del aire.
Restricciones y exenciones a la circulación en el Sector Transporte
Para viernes 10 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 5, 7, 9 y 0.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado azul, terminación de placa 9 y 0.
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON
- Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
- Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Exenciones
- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
- Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color azul y terminación de placa 9 y 0.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Las motocicletas están exentas de la Fase I.
La Comisión Ambiental de la Megalópolis estará atenta a la calidad del aire y a la evolución de las condiciones meteorológicas prevalecientes en la ZMVM e informará en un boletín que se emitirá a las 15:00 horas.