Cierra la chimenea a los ladrones
Valdría la pena iniciar mencionando que la palabra abogada o abogado, proviene de un término que se acuñó hace aproximadamente 2000 años. Es en la época del imperio romano, que se ubica entre el año 27 a.c. y el 456 d.c. El término en latín, de sobra conocido para los abogados, es advocatus. El mismo se empleaba para referirse a los expertos en Derecho que se dedicaban hablar o representar a otro frente a los tribunales. De hecho, el significado actual que nos brinda el Diccionario de la Real Academia nos remite al mismo contenido; es decir, formalmente el origen y el concepto actual se refieren al profesional del derecho que aboga por otro, lo cual sucede, como se mencionó, desde hace dos mil años.
Sin embargo, en la actualidad, muchos profesionales del Derecho que no ejercen la representación de otras personas ante los tribunales se asumen como abogadas/abogados, al considerar que si bien su labor fundamental no es propiamente el litigio, sí se relaciona con la aplicación del derecho y en la aspiración por la realización de los valores éticos más profundos que anhela la sociedad. Desde mi experiencia cotidiana, es común encontrarse con académicos, notarios, funcionarios judiciales y un sinnúmero de licenciados en derecho que desarrollan su labor profesional de manera diversa al concepto antes descrito, sintiéndose identificados con los litigantes por el profundo conocimiento de la ciencia jurídica como por los valores que orientan la búsqueda de la realización de la justicia.
Así, quienes nos dedicamos a la abogacía mexicana, nos encontramos en una discusión que no existe formalmente y que pareciera carecer de consecuencia alguna, aunque resulta mucho más relevante de lo que a primera vista puede parecer, máxime porque adoptar uno u otra de las dos posturas expuestas, tiene repercusiones que pueden abarcar desde la formación de quienes nos dedicamos a la abogacía, pasando por el desarrollo de su ejercicio, incluyendo la necesidad, o no, de una regulación legal específica, y todo ello significa observar a la abogacía desde la sociedad, podría mencionar, salir de nuestro entorno para observamos nosotros mismos, al lado de la sociedad, para criticarnos y mejorar.
De esta forma, el quehacer de las abogadas y de los abogados se encuadraría en la abogacía, como profesionales que desempeñan sus labores a partir de conocer y aplicar el derecho.
El quehacer diario de quienes desempeñamos una profesión vinculada sustancialmente con el Derecho, es un aspecto que ha quedado fuera de nuestra observación y reflexión, en la literatura no ubicamos textos que describan puntualmente todas sus actividades diarias alrededor del ejercicio del profesional jurídico, salvo el caso de quienes son litigantes.
Por ello, resulta necesario iniciar su discusión sobre el ejercicio de nuestra profesión desde una visión crítica, para que todas y todos logremos mejorarla en cada uno de sus aspectos y así nuestra sociedad cuente con mejores profesionales del Derecho.
En primer lugar, deberíamos preguntarnos qué es la abogacía y quiénes son las abogadas y los abogados. La pregunta genera, a su vez, otras preguntas. Por un lado, preguntarnos si todos los que estudiamos alguna licenciatura que tenga como elemento central al Derecho, ¿debemos considerarnos y ser considerados abogadas/os o no? Por ejemplo, una/un académico, notario o servidor público, ¿somos personas que ejercemos la abogacía o debemos identificarnos por la denominación que nos brinde nuestro título profesional (vgr: licenciado en Derecho? ¿Sólo las personas que ejercen la profesión de Derecho a través del litigio, son abogadas o abogados?
Las respuestas a estas y otras tantas interrogantes tiene fines prácticos, como por ejemplo, determinar si debemos formarnos académicamente igual o es que debemos formarnos de manera diferente, también nos conduciría a establecer si debemos perseguir los mismos objetivos en relación con la aspiración a la realización de la justicia o si entre todas las formas en que desarrollamos nuestra actividad profesional, también tiene objetivos diversos. Frente a la sociedad, resulta fundamental declarar si todas las actividades que desarrolle un abogado o un profesional del Derecho deben ser legalmente reguladas.
De esta manera, empezar a conocer la cotidianidad de nuestro quehacer, nos puede conducir a obtener una mayor conciencia de la relevancia de nuestra tarea, tanto para nosotros mismos como para nuestra sociedad.