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CIUDAD DE MÉXICO, 9 de enero de 2025.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió 15 recursos de inconformidad promovidos por aspirantes a magistraturas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), de los cuales, determinó que uno es procedente y parcialmente fundado; seis procedentes y fundados; cinco infundados, y tres desestimados.
Fueron promovidos en contra de los dictámenes emitidos por el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación, el cual determinó la no elegibilidad de aspirantes a magistraturas del TEPJF.
Las personas recurrentes realizaron el procedimiento de inscripción previsto en la Convocatoria del Comité de Evaluación a que se refiere el señalado Acuerdo General número 4/2024, para ser postuladas como candidatas a ocupar la titularidad de un órgano jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación, en el proceso electoral extraordinario 2024-2025.
Concluido el período de inscripción, el Comité emitió dictamen en el cual rechazó la solicitud de las personas recurrentes y el 15 de diciembre de 2024, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los listados con los folios y nombres de quienes cumplieron los requisitos constitucionales de elegibilidad.
En contra de la determinación del citado Comité que tuvo por rechazada su solicitud, las personas aspirantes interpusieron los recursos de inconformidad resueltos en la sesión de este día”, detalló la SCJN, en un comunicado.
Por lo que el Pleno revocó los dictámenes señalados y ordenó la inclusión de los aspirantes en los listados de quienes cumplieron los requisitos constitucionales de elegibilidad.