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Detienen a anciano por presuntamente amenazar con rifle a 2 hombres
CIUDAD DE MÉXICO, 10 de febrero de 2025.-La magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Mónica Soto Fregoso recalcó que la sentencias del órgano que preside son definitivas e inatacables, de está manera dejó en claro que la Suprema Corte de Justicia de la Nación no tiene atribuciones para pronunciarse en controversias electorales.
En conferencia de prensa, Soto indicó que el proyecto de sentencia que se atribuye al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena es una “suma de lamentos y descalificaciones donde se acusa al Tribunal Electoral de excederse en sus atribuciones”.
El proyecto de sentencia, que en sus primeras 15 hojas, contiene calificativos que denostan al TEPJF, señaló la Magistrada, refiere que el Senado, Instituto Electoral, Comités de Evaluación y Tribunal deben frenar todo asunto vinculado a la reforma judicial.
El proyecto, que está previsto para analizarse el próximo 13 de febrero en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, busca revocar la resolución del TEPJF que ordenó al Senado determinar por medio de una tómbola a los candidatos jueces, magistrados y ministros, luego de que el máximo órgano en justicia electoral mandató a la Cámara Alta suplir las funciones del Comité del Poder Judicial; organismo técnico que no pudo funcionar debido a serie de amparos.
Acompañada por los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, Soto recalcó que le “parece una gran tragedia al Estado de Derecho” que un proyecto del alto tribunal fuera aprobado en los términos en los que, según se ha difundido, fue redactado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Mónica Soto anunció que el TEPJF solicitará a la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Piña y a los ministros Alfredo Ortiz Gutiérrez Mena, Javier Laynez y Jorge Pardo se excusen de votar el proyecto debido a que emitido opiniones a favor de la suspensión de la elección judicial, lo cual implica una intromisión a la imparcialidad con la cual un caso deber ser analizado por SCJN.