
Impulsa MC lactarios en administración pública y órganos desconcentrados
MÉXICO, DF., 1 de septiembre de 2014.- El presidente Enrique Peña Nieto solicitó al Senado de la República ratificar el convenio número 138 de la Organización Internacional del Trabajo, por lo que a partir de esta acción legislativa, las autoridades mexicanas estarán obligadas a garantizar que ningún menor de 15 años sea admitido en algún empleo o trabajar en ocupación alguna.
Actualmente más de tres millones de infantes realizan diversos trabajos remunerados y no remunerados.
De acuerdo con el estatuto internacional creado por la OIT en 1973 –mismo que el Ejecutivo Federal pretende sea ratificado– para laborar en minas y canteras; industrias manufactureras; construcción; servicios de electricidad, gas y agua; saneamiento; transportes, almacenamiento y comunicaciones, y plantaciones y otras explotaciones agrícolas que produzcan principalmente con destino al comercio –excluyendo a las empresas familiares o de pequeñas dimensiones que produzcan para el mercado local y que no empleen regularmente trabajadores asalariados– los empleados deberán tener al menos 18 años, es decir, tener mayoría de edad.
«La edad mínima de admisión a todo tipo de empleo o trabajo que por su naturaleza o las condiciones en que se realice pueda resultar peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los menores no deberá ser inferior a dieciocho años», versa el documento en su artículo tercero.
El trabajo del campo también está suscrito a este convenio y en caso de ratificarse esta normativa, se tendría que garantizar la salida de 900 mil infantes de entre cinco y 17 años trabajan como jornaleros agrícolas, previendo este panorama, el tratado internacional prevé que el país miembro, cuya economía sea limitada, previa consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores, podrá excluir al campo durante en inicio del convenio.
«Todo Miembro que haya limitado el campo de aplicación del presente Convenio deberá indicar la situación general del empleo o del trabajo de los menores y de los niños en las ramas de actividad que estén excluidas y los progresos que haya logrado hacia una aplicación más extensa de las disposiciones del presente Tatado», es decir, el Gobierno paralelamente se comprometería a generar políticas públicas para eliminar paulatinamente la situación de vulnerabilidad de los menores en el trabajo agrícola y a rendir informes a la OIT de los avances en este sentido, ya que el Acuerdo no permite su exclusión permanente.
Respecto al empleo de menores en trabajos ‘ligeros’, el convenio permite que la legislación niños de trece a quince años de edad se incorporen en actividades económicas que no perjudiquen su salud o su desarrollo, no interfieran con su asistencia a la escuela, su participación en programas de orientación o formación profesional aprobados por la autoridad competente o el aprovechamiento de la enseñanza que reciben.