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CIUDAD DE MÉXICO, 20 de marzo de 2016.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) manifestó su inquietud respecto de la persistente situación de vulneración a los derechos humanos de las personas con padecimientos mentales en centros de reclusión.
Ante tal situación que actualmente prevalece en el sistema penitenciario mexicano, este Organismo Nacional implementó un programa para impulsar la protección y observancia plena de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.
La CNDH emitió el Pronunciamiento sobre Supervisión Penitenciaria, herramienta que permitirá a las autoridades del ramo la elaboración de políticas públicas, tendentes a garantizar el respeto de los derechos humanos de las personas internas en los centros de reclusión del país.
El organismo puntualizó que al emitir dicho documento por las violaciones a derechos humanos de las personas con discapacidad psicosocial privadas de la libertad, “no se opone a las acciones que realizan las autoridades penitenciarias relativas a la ejecución de las penas de prisión, sino a que dichas acciones se efectúen en contravención al marco normativo nacional e internacional de los derechos humanos”.
Señaló que el Pronunciamiento contribuirá, igualmente, al mejoramiento continuo de las instalaciones de reclusión.
Precisó que el Pronunciamiento contiene las guías de supervisión penitenciaria, referencia de temas, indicadores, subindicadores y rubros que se convierten en variables a considerar durante la supervisión.
La guía permitirá identificar a detalle las condiciones de los centros y la calidad de las actividades y servicios sobre la base del respeto de los derechos humanos en los centros penitenciarios.
Indicó que mediante la divulgación del Pronunciamiento, la autoridad podrá contar con un análisis cuantitativo y cualitativo de la situación real que existe en las prisiones, de los fueros común, federal y militar.
Destacó que las personas con discapacidad psicosocial y los inimputables necesitan y requieren atención especializada acorde a sus características específicas, que limitan su capacidad de conducirse de manera independiente por lo que, tanto en la normatividad nacional e internacional, se ha reconocido que su atención implica necesariamente proveer de las condiciones necesarias que favorezcan los ajustes normativos de operación e infraestructura que permitan alcanzar un nivel 6/48 óptimo de funcionamiento y de disminución de sus limitaciones para su vida cotidiana, evitando su discriminación y vulnerabilidad.
Puedes consultar el Pronunciamiento AQUÍ