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CIUDAD DE MÉXICO, 4 de febrero de 2016.- Con la finalidad de avanzar en el dictamen de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se prepara la opinión de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación que emitirá al respecto y pueda hacerse una valoración responsable, con elementos técnicos y, sobre todo, apegada a los más altos estándares de transparencia que marca la Constitución y la Ley General en la materia para que no existan retrocesos, informó la legisladora perredista Maricela Contreras Julián.
La secretaria de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, de la Cámara de Diputados, precisó que la nueva legislación no puede ser omisa y tener vacíos legales en temas tan importantes como el de acceso de información en temas de seguridad nacional o de casos donde se presumen violaciones graves a los derechos humanos; al respecto, indicó que existen lagunas en el recurso de revisión en materia de seguridad nacional, pues no se detalla el procedimiento que seguirá el recurso tramitado ante el Consejero Jurídico y se hace necesario definir qué se entiende por seguridad nacional, la procedencia, la participación del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) y del solicitante como terceros interesados, los efectos de la resolución y los tiempos para resolver, entre otros”.
La perredista mencionó que el INAI queda sin facultad para determinar acceso a información sobre violaciones graves a derechos humanos, pues no se le otorga a dicha instancia la facultad de ordenar la desclasificación de información relacionada con violaciones graves a derechos humanos cuando a primera vista y sin prejuzgar determine que la información está relacionada con estos sucesos, lo anterior, “es contrario a las recomendaciones que tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como el Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones de Unidas han hecho al Estado Mexicano.
Contreras Julián refirió la necesidad de que el INAI cuente con facultades que fortalezcan a ese organismo y no tenga riesgo la legalidad de sus resoluciones, además de establecer candados en los entes obligados a fin de evitar discrecionalidad en la reserva de información y clasificación de archivos; ejemplificó que la Minuta que envío el Senado contiene una excepción contraria a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, pues se prevén excepciones para el acceso a la información que las y los Comisionados del INAI deben tener a fin de determinar si la información solicitada es de interés público y resolver el recurso de revisión, sin que se justifique ni se den motivos para que el organismo ejerza sus funciones.
Lo anterior, advirtió Contreras, hace que “la falta de acceso a la información por parte de las y los Comisionados genera que cualquier resolución que niegue el acceso al solicitante, sea arbitraria e ilegal y hace inoperante el cumplimiento de su mandato” y a ello se suma un riesgo de la legalidad de las resoluciones del INAI pues, tanto la Ley Federal de Transparencia vigente en su artículo 17, como la Ley General de Transparencia en el artículo 147, prevén la obligación del INAI de tener a la vista la información clasificada como reservada o confidencial para efectos de determinar, durante la sustanciación del recurso de revisión, si existe causa de interés público, seguridad nacional o privacidad que amerite su restricción.
No obstante lo anterior, el artículo 153 de la Minuta del Senado advierte que tratándose de la información a la que se refiere el último párrafo del artículo 101 de la Ley General, los sujetos obligados deberán dar acceso a los Comisionados a dicha información mediante la exhibición de documentación relacionada, en las oficinas de los propios sujetos obligados.
“Es decir, contrario a lo señalado en la legislación vigente y en la Ley General, el artículo 153 estima que en los casos en los que la información solicitada sea aquella del último párrafo del artículo 101, entonces, los sujetos obligados darán acceso a documentación relacionada más no a la documentación exacta, circunstancia que pone en situación vulnerable el trabajo del INAI.
Por ello, urgió que en la opinión de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación debe alertarse sobre posibles retrocesos y tentaciones de mantener información en secreto.