Capturas en Edomex, contra red de apoyo municipal a delincuencia: SSPC
MÉXICO, DF., 14 de octubre del 2015.- En relación con la información difundida en diversos medios de comunicación, relativa a la sentencia de un Tribunal Colegiado de Circuito en la que se determinó conceder la suspensión definitiva a Angélica Fuentes Téllez, lo que autorizaría que pueda fungir como directora general de Grupo Chivas, el despacho Collado y Asociados, encargado de su defensa legal, señala y precisa lo siguiente:
Dicha resolución es emitida por un Tribunal Federal de última instancia, la cual es inapelable, por lo mismo irrebatible e incuestionable.
La resolución determina como inexistente la supuesta asamblea del 3 de abril, en la que se pretendía hacer parecer que Angélica Fuentes había sido destituida de su nombramiento e intentando poner a otras personas como sus sucesores. La sentencia del Tribunal Federal declara que no se conformó la voluntad societaria, dado que ésta fue llevada a cabo sólo por un accionista de forma aislada y conforme a los lineamientos que sólo a él convinieron. Esto se expresa de la siguiente manera:
“..Dentro del análisis de la apariencia de buen derecho, robusteció su consideración señalando que para invalidar una asamblea debe acudirse al órgano jurisdiccional competente e intentar la acción respectiva y no mediante la celebración de una asamblea conforme a los lineamientos de la parte afectada (no de la voluntad societaria como lo afirma el inconforme) y luego acudir ante la autoridad judicial para que mediante una medida cautelar se determine que tales acuerdos prevalecen, como ocurrió con la emisión del acto reclamado.
“De ahí que, por los motivos expuestos, con el anterior proceder (y emisión de la asamblea del 3 de abril pasado) no se nulifica la del 6 de febrero del citado año”.
Por su contenido y efectos, esta determinación ha suspendido las medidas cautelares dictadas por el Juez Quinto Mercantil, que obligaban a Angélica Fuentes a someterse a la supuesta asamblea del 3 de abril. Esto significa que la Sra. Fuentes queda sin obstáculos para ejercer los derechos que le fueron otorgados en la asamblea del 6 de febrero de 2015, donde fue ratificada –aclaramos que no nombrada por primera ocasión- como directora general de Grupo Chivas, S.A. de C.V.
Tenemos conocimiento que esta determinación está intentando ser desconocida, pretende cuestionarse su alcance o minimizársele. Reiteramos que esta sentencia es firme y los resultados de su contenido habrán de materializarse en los Tribunales Federales, no en otra parte.
En próximos días la defensa de Angélica Fuentes habrá de garantizar las cantidades que le han fijado distintos Jueces Federales en Materia de Amparo. Una vez hecho lo anterior, ejercerá las acciones pertinentes para revisar el estado contable y financiero de las empresas, de las que se tiene conocimiento existen manejos inadecuados en perjuicio de los intereses de su defendida y de terceros.
Esta resolución fue emitida por una institución del Estado Mexicano, un órgano jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación. Angélica Fuentes y su defensa confían plenamente en las instituciones judiciales, respetando sus decisiones.
Fuentes señaló: “reitero mi llamado respetuoso a que mi esposo haga justamente lo mismo para evitar la desinformación. Desafortunadamente él y su equipo legal han intentado construir un ruidoso juicio con declaraciones a medios, paralelo al de los tribunales, buscando denostarme públicamente ante la carencia de sustento jurídico de sus numerosas e increíbles acusaciones. Un diferendo legal se dirime en Tribunales y no con declaraciones estridentes”.