Defiende Sheinbaum desaparición del INAI y otros 6 organismos autónomos
MÉXICO, DF., 1 de diciembre de 2015.- El Pleno del Senado de la República aprobó con 70 votos a favor, 15 en contra y una abstención, la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano para aplazar el apagón analógico de televisoras de carácter público, educativo, y social que no estén en condiciones de iniciar transmisiones digitales al 31 de diciembre de 2015.
La iniciativa fue presentada por el presidente del Senado, Roberto Gil Zuarth, sin embargo sufrió modificaciones ya que se suma a la posibilidad de que los operadores de televisión de carácter público que no estén en condiciones de iniciar transmisiones digitales al 31 de diciembre de 2015, puedan suspender temporalmente sus transmisiones, además podrán reducir su potencia radiada apara que les sea aplicable el programa para transición de televisoras de baja frecuencia y sigan transmitiendo.
En la legislación también se cambió la palabra “operadores de televisión de carácter público, educativo y social” por “permisionarios o concesionarios de uso público o social” y se hacen tres agregados como parte de la reserva del senador Zoé Robledo Aburto del PRD, presidente de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía al segundo párrafo del Artículo Décimo noveno transitorio para agregar la frase “incluyendo las comunitarias e indígenas, que presten el servicio de radiodifusión”.
Y por solicitud del presidente de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, Javier Lozano Alarcón, se estableció un artículo tercero transitorio para que a partir del inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral, se suspenderá la distribución y sustitución de equipos receptores o decodificadores, así como los programas de entrega de televisiones digitales en los estados en donde se lleve a cabo el proceso electoral 2016.
“El Instituto Nacional Electoral verificará el cumplimiento de esta disposición y aplicará en su caso las sanciones correspondientes: La entrega, distribución o sustitución de equipos receptores, decodificadores o televisores digitales en contravención a lo dispuesto en este Artículo, se reputará como propaganda gubernamental y será sancionada en términos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales”, precisa la legislación.