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MÉXICO, DF, 23 de abril de 2015.- Diputados aprobaron en lo general el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivo, el cual con base en el principio de reciprocidad internacional se pretende permitir la aportación de armas de fuego funcionarios extranjeros.
El Pleno del Palacio Legislativo de San Lázaro aprobó con 288 votos en pro, 82 en contra y nueve abstenciones, la minuta que establece reglas claras para atender las necesidades de seguridad que requieren los Jefes de Estado en visitas de alto nivel en el país.
Con las modificaciones a la Ley de Armas de Fuego, aprobadas previamente por la Comisión de Defensa Nacional, el Estado mexicano estará en posibilidades de implementar acuerdos internacionales de cooperación aduanal y migratoria.
La iniciativa del Ejecutivo federal pretende el fortalecimiento de los procesos de cooperación migratoria y aduanera en México con el resto del mundo para hacer más eficiente el flujo de personas y mercancías.
Establece supuestos específicos que son necesarios como complemento para la consecución de beneficios sociales y económicos para el país.
Bajo un marco legal con base en el principio de reciprocidad, se pretende permitir la aportación de armas de fuego a funcionarios aduaneros mexicanos que desempeñen sus actividades en el extranjero y a funcionarios aduaneros y migración extranjeros que se desempeñen en puntos de revisión aduanal y migratoria en el territorio mexicano.
También al personal de seguridad mexicano que acompañe a funcionarios en visitas de alto nivel a otros países y correlativamente al personal de seguridad extranjero que acompañe en México a funcionarios de alto nivel provenientes de otros países o de organismos internacionales que por la naturaleza de sus funciones o de su envestidura requieren de mecanismos especiales de protección y de seguridad.
Los permisos extraordinarios de ingreso y portación de armas de fuego que otorgue la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) tendrán restricciones como sólo podrá ser un revolver o una pistola de funcionamiento semiautomático con calibre máximo de 40 milímetros o su equivalente.
La portación sólo podrá realizarse en el local o instalación en el que el funcionario extranjero desempeñe sus actividades, es decir las armas de los agentes extranjeros quedarán resguardadas en su lugar de trabajo.
El permiso tendrá una vigencia de seis meses con la posibilidad de renovación sujeta a los mismos requisitos y restricciones para su autorización y podrá cancelarse sin perjuicio de aplicar las sanciones que procedan, en los casos que ya prevé la ley vigente para todos los permisos de portación de armas.
La vigencia del permiso será solamente por la duración de esa visita oficial y existirá un control estricto sobre los agentes extranjeros.
Al fundamentar el dictamen, el diputado del PRI Fernando Donato de las Fuentes Hernández señaló que con la aprobación, “México garantizará a otros países que sus funcionarios aduaneros y migratorios cuenten en nuestro país con las condiciones idóneas de seguridad para el desempeño de sus funciones.
El legislador enfatizó que respecto a la soberanía, “hay todo un respeto porque las autoridades aduaneras no ejercerán funciones o actos de autoridad en territorio extranjero ni podrán actuar en contra de la legislación nacional.”
“La reciprocidad, lo que significa que las atenciones brindadas a las autoridades extranjeras, podrán ser retiradas en caso de un trato desfavorable”, expuso desde tribuna.
Luego de la votación en lo general, la asamblea dio paso a la discusión de 30 reservas presentadas por diputados del PRD y del PAN.