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MÉXICO, DF., 21 de noviembre de 2015.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aseguró 6.5 metros cúbicos de madera en rollo de cedro rojo, en la zona serrana del municipio de Cosalá, Sinaloa, por no acreditar el inspeccionado la legal procedencia del producto forestal.
Inspectores Federales de Profepa coadyuvaron con el Ministerio Público Federal (MPF), al presentar el dictamen técnico pericial para la identificación de la especie, como parte del sustento técnico-legal que fortalece la integración de la averiguación previa correspondiente, se informó en un comunicado.
Esta acción se llevó a cabo en coordinación con la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la Procuraduría General de la Republica (PGR), en la que además se detuvo al conductor del vehículo que transportaba la madera aserrada en un tramo carretero del municipio de Cosalá.
Por tratarse de un volumen superior a los cuatro m3 rollo y a una especie enlistada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, tanto el transportista, como el vehículo y la madera fueron presentados ante el MPF por considerarse un delito ambiental, y a efecto de que se iniciara la averiguación previa. A su vez la Profepa instauró Procedimiento Jurídico-Administrativo, mediante el acta de inspección correspondiente.
Cabe señalar que la especie de cedro rojo se encuentra listada en la NOM-59-SEMARNAT-2010 en la categoría de Sujetas a Protección Especial (Pr), en la que se ubican aquellas especies que podrían encontrarse amenazadas por factores que inciden negativamente en su viabilidad, por lo que se determina la necesidad de propiciar su recuperación.
Según el artículo 165 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, quien carezca de la documentación o los sistemas de control establecidos para acreditar la legal procedencia de materias forestales, obtenidas en el aprovechamiento, será acreedor a una multa por el equivalente de 100 a 20,000 veces de salario mínimo vigente.
El Código Penal Federal establece pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa a quien ilícitamente transporte madera en rollo así como cualquier otro recurso forestal maderable.