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MÉXICO, DF, 1 de septiembre de 2015.- Derivado de la querella presentada por el apoderado legal de una conocida empresa fabricante de sal refinada, el agente del Ministerio Público de la Federación inició una averiguación previa, cuyas líneas de investigación condujeron a tres inmuebles en Santa María Coyotepec, Oaxaca; en esos puntos se aseguraron más de 27 toneladas y media del producto, distribuidos en cientos de paquetes que ostentaban ilegalmente la marca registrada en cada una de las bolsas.
Así lo informó la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales (SEIDF), al detallar que el aseguramiento se produjo luego de que la representación social de la federación solicitó y obtuvo la respectiva orden de cateo por parte del Juez Quinto Federal Penal Especializado en Cateos, Arraigos e Intervención en Comunicaciones.
Fue en el inmueble ubicado en Privada Corregidora sin número, esquina con Prolongación Vicente Riva Palacio del municipio de Santa María Coyotepec, donde se aseguró el mencionado producto de cocina, mismo que arrojó un peso bruto de 26 toneladas 75 kilogramos. También quedaron a disposición de la PGR:
Casi 40 mil bolsas de plástico vacías.
Mil 420 costales blancos vacíos con las leyendas de la marca apócrifa.
Una báscula.
Seis selladoras.
Tres medidores (tarros de estructura metálica).
Un medidor (tarro de estructura metálica).
Dos cucharones de plástico.
Se informó que elementos de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) llevaron a cabo la diligencia, encabezada por el agente del Ministerio Público de la Federación. La sal estaba empaquetada y en cada bolsa de plástico el producto ostentaba una falsificación de la marca registrada, según el peritaje realizado por la autoridad.
La mercancía asegurada quedó a disposición del agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra Derechos de Autor y Propiedad Industrial, quien continúa con la integración de la averiguación previa por el delito previsto en el artículo 223 fracción III de la Ley de Propiedad Industrial (Hipótesis: Producir, almacenar o distribuir, en forma dolosa y con fin de especulación comercial, objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por la Ley).