Aprueban Ley de Responsabilidades Administrativas del PJ
MÉXICO, DF., 13 de agosto de 2015.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo de la Comisión de Afiliación del Consejo Nacional del PAN, relacionado con el listado nominal de electores a utilizarse en la elección del presidente del Comité Ejecutivo Nacional (CEN), para el próximo domingo 16 de agosto.
En un comunicado el Pleno informó que declaró infundados e inoperantes los medios de impugnación interpuestos por Javier Corral, militante y candidato a la presidencia del CEN del PAN, relativos al crecimiento atípico del padrón electoral y afiliación corporativa.
Los magistrados consideraron que la Comisión Jurisdiccional Electoral no estaba obligada a señalar pormenorizadamente los motivos por los que fueron incluidos los 477 mil 10 militantes que aparecen en el listado nominal.
Piden respuesta del PAN en 24 horas
La Sala Superior revocó el acuerdo emitido por la Comisión de Afiliación del Consejo Nacional del PAN, relacionado con la incorporación de doscientos cinco ciudadanos al padrón de militantes en Gómez Palacio, Durango, y le ordenó que en un término de 24 horas emita uno nuevo debidamente fundado y motivado.
El Pleno determinó que la Comisión responsable se limitó a exponer las facultades del Comité Directivo Estatal en Durango y del Registro Nacional de Militantes, ambos del PAN, y en función de ello concluyó que las afiliaciones cuestionadas eran ajustadas a derecho. Sin embargo, omitió ocuparse de los motivos de inconformidad expuestos por Francisco Santos Ávila, en su carácter de militante y director de Afiliación del Comité Municipal del PAN en Gómez Palacio, relativo a la presunta admisión ilegal y alta de ciudadanos en el Padrón de Militantes.
El Pleno deja sin efectos baja de ciudadanos
El tribunal resolvió dejar sin efectos la baja de 11 ciudadanos en Michoacán del padrón de militantes y listado nominal definitivo, para la elección de presidente e integrantes del CEN del PAN y vinculó a todos los órganos partidistas, que en el ámbito de su competencia, coadyuven para que éstos puedan elegir a sus dirigentes el próximo domingo.
Además ordenó a la Sala Regional Especializada que reindividualice la multa al PAN, por la indebida adquisición de tiempos en televisión con motivo de la contratación de propaganda en vallas electrónicas colocadas en estadios, durante la transmisión en televisión de diversos partidos de futbol. Determinó que la Sala Especializada indebidamente tuvo por no acreditado el beneficio económico para el PAN, además de que omitió pronunciarse respecto del tema de actos anticipados de campaña.