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MÉXICO, DF, 23 de octubre de 2014.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación informó a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados que “se admite a trámite” la revisión para resolver la constitucionalidad de las solicitudes de consulta popular en materia de reforma energética y de salario mínimo digno para trabajadores, impulsadas por el PRD y PAN, respectivamente.
El alto tribunal mexicano detalló que la propuesta de consulta ciudadana planteada por el PRD fue turnada para su estudio a la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos, mientras que la propuesta del PAN se turnó para su estudio al ministro José Ramón Cossío Díaz.
Respaldados en el artículo 28, fracción III de la Ley Federal de Consulta Popular, la SCJN precisó que en caso de reconocer la constitucionalidad de las consultas, la pregunta contenida en la resolución: “¿Estás de acuerdo en que se mantengan las reformas a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución en materia energética?”, no podrá ser objeto de modificaciones posteriores por parte del Congreso.
De la misma manera que la pregunta: “¿Estás de acuerdo en que la Ley Federal del Trabajo establezca que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos fije un nuevo salario mínimo que cubra todas las necesidades de una familia para garantizar al menos la línea de bienestar determinada por el Coneval?”.
De declararse la constitucionalidad por la Suprema Corte se emitirá la convocatoria por la Mesa Directiva del Congreso para notificar al Instituto Nacional Electoral para sus efectos y posteriormente será publicada en el Diario Oficial de la Federación.