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MÉXICO, DF, 24 de agosto de 2014.- La cobranza ilegal contra deudores quedó tipificada como un delito y las personas que realicen estos cobros podrían estar hasta dos años en prisión.
El artículo 209 Bis, el cual fue adherido al Código Penal para el Distrito Federal, señala que también serán sancionados aquellos que presionen con envíos e documentos o intimiden con embargos y juicios ficticios.
“Comete el delito de cobranza ilegítima la persona que, con la intención de requerir el pago de una deuda, ya sea propia del deudor o de quien funja como referencia o aval, utilice medios ilícitos e ilegítimos, se valga del engaño, o efectúe actos de hostigamiento, e intimidación”, indica el ordenamiento.
Así, en la Gaceta Oficial del DF quedó registrado que a partir del 23 de agosto entrara en vigor esta disposición.
Con pasado
La diputada local del PAN, Olivia Garza de los Santos, presentó una iniciativa para reformar la ley y crear un delito específico para el castigo de este acoso.
Principalmente las empresas de cobranza, quienes se comunican por vía telefónica o por correo electrónico y amedrentan a los clientes con hasta llevarlos a prisión por falta de pagos.
Advirtió que eran incorrectas las amenazas, la violencia física y verbal, la intimidación y el hostigamiento. Los operadores de estas compañías se comunican a cualquier hora del día y durante la madrugada.