Oran por la paz en el Centro de Chilpancingo
MÉXICO, DF, 17 de diciembre de 2015.- Del 22 de diciembre al 6 de enero, la Secretaría de Gobernación hace del conocimiento del público los días que no se consideran hábiles por la Dirección General de Asociaciones Religiosas de la dependencia federal.
Considerando que el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece que no se considerarán como días hábiles aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en los que se suspendan labores, se publicó este día, con rúbrica del titular de la Segob, Miguel Ángel Osorio Chong, el acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
Con el fin de dar certeza y seguridad jurídica a todas aquellas personas que tramitan asuntos ante la Dirección General de Asociaciones Religiosas, la Segob considera necesario hacer del conocimiento público que en los días citados no se contabilizarán en los plazos y términos procesales de los asuntos llevados