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MÉXICO, DF, 13 de julio de 2015.- La Comisión Federal de Electricidad (CFE) deberá dar a conocer la versión íntegra de los estudios técnicos elaborados para la construcción de presas en el río Usumacinta, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), informa el propio instituto a través de un comunicado
En respuesta a una particular que requirió esas documentales, el sujeto obligado indicó que la información se encontraba clasificada como reservada, por ser parte de la cartera de proyectos en estudio y porque su difusión podría generar reacciones de opositores a proyectos hidroeléctricos y dificultar su realización.
Inconforme con la respuesta, la particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, turnado a la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos, en el que manifestó que la respuesta de la CFE estaba fuera de la realidad.
En alegatos, el sujeto obligado reiteró la reserva y precisó que de proporcionarse la información, se ubicaría a la CFE, en su calidad de empresa productiva del Estado, en una situación de desventaja competitiva y económica frente a terceros en el mercado del sector energético, pues se revelarían datos para la definición de proyectos de infraestructura.
Aunado a lo anterior, la CFE manifestó que la información está protegida por el secreto industrial o comercial, que formaba parte de un proceso deliberativo en trámite y que debía considerársele, no como sujeto obligado sino como “particular”, en razón de la reforma energética, que prevé la igualdad de condiciones en el sector energético respecto de todos los participantes.
Finalmente, señaló que la publicidad de la información ocasionaría un posible conflicto internacional, ya que forma parte de los trabajos inscritos en el marco del Tratado para Fortalecer la Comisión Internacional de Límites y Aguas, suscrito por México y Guatemala, en julio de 1990.
Recordó que en términos del Memorándum de Entendimiento, celebrado en marzo de 2015, las dos naciones deberán garantizar la confidencialidad de la información y sólo podrá ser proporcionada con el consentimiento del país que la proporcionó.
En una audiencia de acceso a información clasificada, la comisionada ponente advirtió que los estudios requeridos contienen generalidades e información geográfica y técnica, la cual no implica obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros, pues de conformidad con la Ley de Aguas Nacionales, la CFE tiene preferencia para el otorgamiento de permisos para la construcción de obras hidroeléctricas, como la relativa al río Usumacinta.
Aunado a lo anterior, afirmó, existe un evidente interés público en conocer los estudios para la construcción de presas sobre el río Usumacinta, pues se trata de información de carácter medioambiental, que se vincula con el derecho a un medio ambiente sano previsto en el artículo 4º de la Constitución.
Kurczyn Villalobos precisó que la naturaleza del Tratado para fortalecer la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México, y Guatemala, tiene como finalidad asesorar a los dos gobiernos en la materia, pero sin facultades resolutivas. Enfatizó además, que los 12 proyectos no fueron entregados por el gobierno guatemalteco, sino generados por la CFE.
Adicional a lo anterior, se retomó la resolución emitida por el Pleno del INAI al recurso de revisión RDA 0536/15, interpuesto en contra de la CONAGUA, advirtiéndose que existen documentos adicionales a los referidos por el sujeto obligado, que también atienden la solicitud de acceso de la particular.
Por lo anterior, a propuesta de la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la CFE y le instruyó a entregar a la particular los estudios referidos por el sujeto obligado, así como la información que fue entregada a la CONAGUA con motivo de la solicitud de autorización para la construcción de obras sobre el río Usumacinta, en los términos referidos.