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MÉXICO, DF., 9 de enero de 2016.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) deberá entregar copia del Estudio de pre-inversión para el sistema de transporte tipo teleférico en la delegación Magdalena Contreras, en el Distrito Federal, elaborado por la empresa Cal y Mayor y Asociados, S.C., resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada ponente, María Patricia Kurczyn Villalobos explicó que “la población tiene el derecho de conocer los pormenores del desarrollo de una obra que se perfila como una solución de transporte eficaz para dar servicio a más de 80 mil habitantes”.
Manifestó que la difusión de esa información contribuye a la rendición de cuentas por parte del sujeto obligado, respecto de aquellos recursos que se liberaron para la emisión del estudio, los cuales ascienden a la cantidad de 13 millones 195 mil 529 pesos.
El particular que solicitó conocer dicho estudio se inconformó y presentó recurso de revisión ante el INAI porque la dependencia reservó el documento por un periodo de 5 años, argumentando que su difusión podría interrumpir, menoscabar o inhibir el diseño, negociación e implementación del proyecto.
La SCT precisó que la información está ligada a un proceso deliberativo en el que autoridades del gobierno del Distrito Federal analizan la factibilidad del proyecto, su impacto social, así como la evaluación financiera para determinar si su implementación es viable.
Sin embargo, el solicitante manifestó que el Estudio ya había sido publicado por el periódico Excélsior, por lo que consideró que al haber sido difundido por un diario de circulación nacional, no puede ser considerado información reservada.
Luego de un requerimiento de información adicional, formulado por la comisionada ponente, la dependencia reiteró que el documento forma parte de un proceso deliberativo e insistió en que su difusión podría provocar complicaciones como manifestaciones de particulares inconformes con el proyecto.
En el análisis del caso, se determinó que la información no puede reservarse porque el proceso deliberativo invocado ya concluyó.