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MÉXICO, DF, 22 de marzo de 2015.- El Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) revocó una respuesta emitida por la Secretaría de Energía (Sener) a la solicitud de información de un particular y le instruyó realizar una búsqueda en todas las unidades administrativas competentes para conocer de la información requerida y entregarla al particular, informó el organismo mediante un comunicado.
El particular requirió a la Secretaría de Energía información acerca de cada gasoducto, oleoducto, oleogasoducto, poliducto y cualquier ducto construido en México, detallando su nombre, zona, inicio de trayectoria, fin de trayectoria, diámetro, longitud, capacidad máxima y utilización. El sujeto obligado se declaró incompetente para conocer de la información y orientó al particular a presentar su solicitud a Pemex Refinación. Añadió que se podría consultar el portal del Sistema Nacional de Información de Hidrocarburos (SNIH).
En el análisis del caso, el Comisionado ponente, Joel Salas Suárez, señaló que la Sener sí es competente para conocer de la información solicitada, ya que ésta administra el SNIH. Asimismo, puntualizó que este sistema no es la única fuente de información con la que SENER cuenta para atender la solicitud ya que los datos que aportan las subsidiarias de Pemex para alimentarlo deben tener un respaldo documental. Por otro lado, el sujeto obligado no turnó la solicitud a todas las unidades administrativas que podrían contar con la información solicitada.
El Comisionado Salas Suárez advirtió que declarar indebidamente incompetencia es una práctica recurrente de los sujetos obligados. Recordó que al 19 de marzo de 2015, el Pleno del IFAI ha discutido públicamente alrededor de 250 recursos de revisión. En el 15% de ellos, los sujetos obligados se han declarado incompetentes para atender las solicitudes de información que se les han planteado. Son 37 casos en los que se ha resuelto modificar (en 10) o revocar (en 27) la respuesta.
En cuanto al sector de hidrocarburos, salvo aquella información que debe reservarse por seguridad nacional, es necesario conocer sobre el estado de la infraestructura, las contrataciones e inversiones que se realizan, los efectos ambientales, el desempeño y los beneficios obtenidos por los nuevos operadores privados que se unirán a la exploración y explotación de los recursos, entre otros temas relevantes. La legislación correspondiente establece las obligaciones de transparencia que cada sujeto obligado involucrado debe cumplir en el ámbito de sus competencias.
Salas Suárez reconoció que algunos pasos ya han sido dados para transparentar información sobre el sector. México asumió dos compromisos en la Alianza para el Gobierno Abierto: el 21 Petróleo para todos y el 26 Adhesión de México a la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas. Se ha cumplido en más del 60 por ciento con ellos y la fecha límite para cumplir con el 100 por ciento es el 25 de julio de 2015. Además, Pemex y la OCDE firmaron una carta de intención para compartir las mejores prácticas internacionales que puedan ser adoptadas e implementadas en los procedimientos de procura y adquisición de bienes, obras y servicios de Pemex.
“La sociedad mexicana tiene derecho a conocer cuándo la infraestructura y los ingresos del sector de hidrocarburos se ven afectados, porque estos recursos financian servicios públicos que el Estado debe proveer… Disponer de información accesible, comprensible y completa, permitiría ser sensible a los retos que los sujetos obligados enfrentan en el desempeño de sus funciones y colaborar o aportar propuestas de mejora. La transparencia en el sector energético no puede quedar en el discurso. Debe ser una práctica cotidiana”, comentó el Comisionado Salas.