Descubren una fosa clandestina en Lázaro Cárdenas, Quintana Roo
CIUDAD DE MÉXICO, 20 de febrero de 2016.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) demandó el fortalecimiento del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT), con el fin de mejorar las condiciones que favorezcan el respeto de los derechos humanos de todas las personas privadas de su libertad.
Al participar en las audiencias públicas convocadas por el Senado de la República sobre el proyecto de Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Tortura y otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, Ruth Villanueva Castilleja, tercera visitadora general de la CNDH, manifestó la necesidad de atender de manera enfática la prevención, mediante las tareas encomendadas al MNPT.
Lo anterior, explicó, fortaleciendo la estrategia realizada por la CNDH, que parte del diseño de 10 guías de supervisión basadas en estándares nacionales e internacionales, que son aplicadas en Agencias del Ministerio Público y Fiscalías, Centros de Arraigo, Centros de Reinserción Social Varoniles y Femeniles, Centros de Tratamiento Interno para Adolescentes que infringen las leyes penales, Instituciones Psiquiátricas, Estaciones Migratorias y Estancias Provisionales, Áreas de Aseguramiento Municipales, Centros de Internamiento para Adicciones y Albergues, con el fin de evaluar las condiciones que imperan en los distintos lugares de detención, e identificar situaciones que pudieran derivar en la incidencia de casos de tortura o cualquier tipo de maltrato.
Así, apuntó que el MNPT, desde su inicio en 2007 a la fecha, ha llevado a cabo cuatro mil 104 visitas a lugares de detención e internamiento en toda la República Mexicana, las cuales han dado como resultado 113 informes dirigidos a las autoridades correspondientes.
La funcionaria subrayó la necesidad de armonizar la operatividad con lo establecido en la norma, puntualizando que, bajo este contexto, es importante fortalecer al MNPT como la instancia encargada de coordinar este sistema de prevención, con base en las visitas periódicas de supervisión a todos los lugares de privación de la libertad, con un trabajo coordinado y armónico con el sistema de organismos públicos de derechos humanos y organizaciones no gubernamentales.
El MNPT así, se debe prever como la instancia encargada de coordinar el sistema de visitas periódicas y medidas de supervisión a los lugares de privación de libertad, integrado por los titulares de la CNDH y de los organismos de derechos humanos en el ámbito de sus respectivas competencias.
Al respecto, también puntualizó que su establecimiento debe ser presidido por el titular de la CNDH, con facultades para expedir las bases y lineamientos para su funcionamiento y organización, así como los lineamientos de carácter general que determinen las modalidades y procedimientos que se deben seguir, contando con facultades para elaborar un programa de visitas periódicas a los lugares de privación de la libertad, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y pudiendo realizar propuestas a la legislación de la materia, entre otros.
Un aspecto importante, señaló, es el puntualizar el acceso sin restricción alguna a los lugares de detención, realizar visitas periódicas no programadas, entrevistarse con las personas que se encuentran privadas de la libertad, así como formular recomendaciones a las autoridades e interponer denuncias sobre tortura.
Por lo que hace al tema del Protocolo de Estambul, señaló que es importante reconocer que éste es un manual para la investigación y documentación eficaz, cuyo propósito es servir como una guía para la evaluación de las personas que han sido torturadas, investigar casos de posible tortura y poder reportar los hallazgos específicos.
El protocolo de Estambul así entendido, concluyó, si bien se considera como un documento no vinculante, sin embargo, es muy útil para investigar y documentar la tortura.