Oran por la paz en el Centro de Chilpancingo
MÉXICO, DF, 9 de diciembre de 2015.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 40/2015, dirigida al Gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, por el caso de ocho médicos del Hospital Civil Regional Dr. Emilio Alcázar Castellanos, en Tuxpan, cuya actuación irregular derivó en violencia obstétrica contra una mujer de 19 años de edad y el fallecimiento de uno de sus gemelos, informó la propia CNDH a través de un comunicado.
Luego de examinar las evidencias integradas en el expediente, esta Comisión Nacional acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud de madre y bebés; (a vivir una vida libre de violencia obstétrica en agravio de la mujer); al derecho a la vida de uno de los recién nacidos y a conocer la verdad sobre la atención médica otorgada a la madre, atribuibles al personal de dicho hospital, dependiente de los Servicios de Salud de esa entidad federativa.
Por ello, la Comisión Nacional pide al Gobierno de Veracruz tomar las medidas necesarias para reparar el daño a los familiares del bebé fallecido, y se les otorgue atención médica y psicológica; dotar al nosocomio de medicamentos, mobiliario, equipo médico en buenas condiciones y suficiente personal.
Asimismo, adoptar medidas efectivas para garantizar que los expedientes clínicos estén debidamente integrados; que el personal médico se certifique y recertifique ante los Consejos de Especialidades Médicas; impartir cursos y/o talleres de capacitación y formación en derechos humanos con perspectiva de género, así como del conocimiento, manejo y observancia de las normas oficiales.
Se colabore con la CNDH en la presentación y seguimiento de la queja que se presente ante la Controlaría General del Estado de Veracruz, contra el personal relacionado con estos hechos, y en la inscripción de las víctimas sobrevivientes y los familiares agraviados en el Registro Estatal de Víctimas, para que tengan, en lo conducente, acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
El 8 de julio de 2014, la mujer acudió al hospital, donde un primer médico dijo en su Nota Médica que la paciente presentaba un embarazo gemelar de 33.5 semanas, dolor cólico y endurecimiento de la matriz ocasional, sin apreciar actividad uterina, e ignoró que la agraviada contaba con un embarazo de riesgo por ser gemelar, primeriza y con amenaza de parto pretérmino.
El 23 de julio regresó al hospital y permaneció internada cuatro días, sin que se le realizara un ultrasonido ni se le diera adecuada atención médica. El día 27 fue intervenida quirúrgicamente y nacieron sus dos hijos. Sin embargo, ella y su esposo luego fueron informados que uno de los bebés falleció por aspiración de líquido amniótico.
Desde el momento de la internación hasta el día de la intervención quirúrgica, la agraviada fue revisada por siete médicos, quienes no detectaron la gravedad de la paciente ni solicitaron su traslado al siguiente nivel de atención, sino continuaron con el tratamiento para contrarrestar la amenaza de parto pretérmino.
Finalmente, el 27 de julio fue valorada por un médico ginecólogo, quien ordenó la cesárea, durante la cual se encontraron contradicciones en cuanto al fallecimiento de uno de los recién nacidos, ya que según la Nota de Enfermería se le realizaron aspiraciones de secreciones, sin reportar presencia del líquido. No obstante, en la Hoja Única de Atención al Recién Nacido, un médico y tres enfermeras, que participaron en la cirugía, aseguran que si obtuvieron liquido mediante aspirado a través de sonda.
Días después de los hechos, un sitio electrónico de la entidad difundió la información, por lo que esta Comisión Nacional atrajo el caso, al considerar que la protección de la salud es un derecho elemental, particularmente para las mujeres durante el embarazo y para los recién nacidos, a quienes se debe garantizar un servicio oportuno, con calidad, calidez y perspectiva de género, por lo que se radicó de oficio el expediente CNDH/4/2014/5008/Q.