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MÉXICO, DF, 26 de abril de 2015.- Las autoridades electorales deben adoptar las medidas necesarias a efecto de privilegiar el derecho humano a ser votado a los cargos de elección popular, sin el aval de un partido político, informó mediante un comunicado la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Al emitir la tesis V/2015, el máximo organismo jurisdiccional del país en materia electoral precisó que ante la ausencia de la ley secundaria en materia de candidaturas independientes, las autoridades administrativas-electorales están obligadas a adoptar las medidas necesarias, para que las y los ciudadanos puedan contender sin la necesidad de ser postulados por un partido político.
La tesis con el rubro “candidaturas independientes. La ausencia de ley secundaria, obliga a las autoridades administrativas-electorales a adoptar las medidas para contender en las elecciones”, atiende los contenidos de la Constitución, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El criterio jurisdiccional aprobado en la sesión pública del 24 de marzo del año en curso, precisa que el ejercicio del derecho humano a ser votado a los cargos de elección popular, podrá realizarse mediante candidaturas independientes, en atención al marco constitucional, convencional y a las leyes internacionales en la materia.
De esta forma, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación maximiza los derechos político-electorales de la ciudadanía.