Busco a mis hijos con el dolor de respirar ante su ausencia: Ceci Flores
CIUDAD DE MÉXICO, 13 de febrero de 2016.- Muy acorde al mensaje papal, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), difundió la tesis jurisprudencial “Pueblos y comunidades indígenas».
En ese sentido, explicó que sus sistemas normativos internos no pueden limitarse, aun cuando la legislación local desconozca su derecho a la autodeterminación –legislación de Chiapas–, y estableció un criterio en el que señala que las autoridades de todas las entidades federativas deben respetar los sistemas normativos de las comunidades indígenas.
En la Tesis LXXXV/2015, se determinó que los usos y costumbres «son la forma en que los pueblos indígenas aplican y observan, al interior de sus comunidades, sus sistemas normativos tradicionales; por lo que todas las autoridades sin distinción, tienen el deber de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, quedando prohibida toda discriminación por origen étnico.
Explicó que las entidades federativas deben respetar la autodeterminación y sistemas normativos de los pueblos indígenas, así como las elecciones hechas por las diversas asambleas comunitarias, a pesar de que en las legislaciones locales no exista el reconocimiento expreso de su sistema normativo interno, siempre que conste que las mismas se llevaron a cabo con base en su sistema y bajo los parámetros constitucionales.
La tesis encuentra su fundamento en los artículos 1°, 2° y 133 de la Constitución Política, así como de los artículos 4, 5 y 8 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
Con este criterio, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación pretende fortalecer » como eje rector para la democracia, el respeto y protección de los derechos políticos de las comunidades indígenas».