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MÉXICO, DF, 11 de abril del 2015.- La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) estableció medidas para la protección de las tortugas marinas en la costa occidental de Baja California Sur, durante los procesos de pesca de otras especies de interés comercial.
En esta región existen ambientes estuarinos, marismas, bahías poco profundas, manglares y humedales, donde se desarrollan pesquerías ribereñas de pequeña escala y artesanales, a través de las cuales se aprovechan diversas especies de moluscos (abulón, almeja, caracol, pulpo), crustáceos (langosta, camarón, jaiba), tiburones, rayas y escamas.
La tortuga caguama o amarilla (Caretta caretta) es una especie de quelonio marino altamente migratoria, con un ciclo de vida que ocupa hábitats diversos, desde los exclusivamente oceánicos hasta los neríticos (zona marítima cercana a la costa, pero que no tiene contacto directo con el litoral).
Los adultos de esta especie realizan migraciones entre las playas de anidación y áreas de alimentación. Los juveniles tienden a permanecer por largos periodos en las aguas del océano Pacífico norte o en los ambientes neríticos de la península de Baja California, en México.
Para la protección de esta especie, la Sagarpa publicó el Acuerdo por el que se establece una zona de refugio pesquero y medidas para reducir la posible interacción de la pesca con tortugas marinas en la costa occidental de Baja California Sur, medida que se aplicará a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) con base en estudios científicos del Instituto Nacional de Pesca (Inapesca).
Establece como Zona de Refugio Pesquero Parcial Temporal, en la cual se aplican medidas para reducir la posible interacción de la pesca con tortugas marinas, la superficie de ocho mil 848.2 km², cuyos límites se especifican en el Diario Oficial de la Federación.
Especifica que estas disposiciones se aplicarán a pescadores, permisionarios y concesionarios que utilicen embarcaciones mayores o menores, en actividades de aprovechamiento pesquero en las aguas marinas de jurisdicción federal, adyacentes a la parte central del litoral occidental de Baja California Sur en el área denominada «Golfo de Ulloa».
Precisa que las actividades de pesca comercial en el área establecida se podrán realizar exclusivamente con las artes de pesca autorizadas.
Indica que la pesca deportivo-recreativa solamente podrá llevarse a cabo bajo la modalidad de «captura y liberación».
En cuanto a la pesca de consumo doméstico que efectúen los residentes en las riberas y en las costas, ésta no requiere concesión o permiso y sólo podrá efectuarse con redes y líneas manuales que pueda utilizar individualmente el pescador.
Entre las medidas adicionales para prevenir la interacción con las tortugas marinas en los procesos de pesca, se señala que en caso de captura incidental se deberá realizar la liberación del ejemplar, en adecuadas condiciones de sobrevivencia.
La delimitación geográfica del Acuerdo y la cobertura del Programa de Asistente Técnicos a Bordo (observadores científicos), quedará sujeto en el año 2016 a los resultados de la puesta en marcha de las medidas señaladas y los resultados del Plan de Manejo Pesquero, a cargo del Inapesca.
Las personas que contravengan el Acuerdo se harán acreedoras a las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.
La vigilancia del cumplimiento del Acuerdo estará a cargo de la Sagarpa, por conducto de la Conapesca, y de la Secretaría de Marina, cada una en el ámbito de sus respectivas competencias.