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MEXICO, DF., 15 de julio de 2015.- A fin de garantizar la seguridad y comodidad de los usuarios que en estas fechas se trasladan a los diferentes destinos turísticos a través de la red carretera federal libre, el director general de Conservación de Carreteras, Alejandro Fernández Campillo, envió una circular a los directores generales de los Centros SCT del país para asegurar que los tramos carreteros donde se llevan a cabo trabajos de conservación estén debidamente señalizados.
Explicó que en virtud del periodo vacacional de verano, del 15 de julio al 21 de agosto del presente año, pidió a los directivos de dichos Centros establecer las operaciones necesarias para aplicar con efectividad las disposiciones para incidir en la seguridad de quienes utilizan la red carretera libre.
Al precisar las medidas a tomar, puntualizó: Asegurarse de que todos los tramos carreteros, en especial los que tienen destinos turísticos, estén debidamente ubicados con el señalamiento vertical y horizontal necesario, particularmente donde el usuario tenga que tomar una decisión hacia su destino.
En los tramos donde se estén llevando a cabo los trabajos de conservación, añadió, la zona de obra debe estar debidamente localizada, con dispositivos de protección suficientes, adecuados y visibles, tanto de día como de noche, y con la constante supervisión para su correcta operación. Deberá haber presencia de bandereros de manera permanente.
Todos los trabajadores, incluyendo los bandereros deberán portar chalecos reflejantes de color naranja o verde limón. En caso necesario, por las condiciones y características de los trabajos, los bandereros deberán estar provistos con lámparas y equipos de radiocomunicación.
En los periodos nocturnos ya sea que se esté laborando o no, invariablemente se deberá instalar en la zona de obra todos los dispositivos luminosos necesarios (conos, trafitambos, flechas direccionales, etcétera), para mayor seguridad de los usuarios que transitan por estos tramos, así como para el personal que está laborando en la zona.
La Residencia General de Conservación de Carreteras deberá establecer guardias que estén pendientes de cualquier contingencia para que, de ser el caso, se resuelva de inmediato o canalizarla a la autoridad que corresponda.