De fría a muy fría, la mañana de este lunes en CDMX
MÉXICO, DF a 3 de diciembre de 2014.- Una jueza federal consideró que los artículos 212 al 214 de la nueva Ley de Movilidad, que obligan a avisar sobre marchas con al menos 48 horas de anticipación y prohíben el uso de vías primarias para manifestaciones, son inconstitucionales.
La jueza Segunda de Distrito en Materia Administrativa aseguró que los artículos modificados son una clara violación a los derechos humanos de asociación y de libre expresión.
Esta decisión después de dar un amparo a una asociación civil que busca la defensa de los aspirantes que son rechazados de universidades públicas.
Ésta es la primera sentencia relacionada con la nueva ley y fue notificada el 18 de noviembre, pero solo surtirá efectos si es confirmada por un tribunal colegiado de circuito.
La Suprema Corte de Justicia ya estudia este tema, pues las comisiones de Derechos Humanos, tanto Nacional como del DF, promovieron acciones de inconstitucionalidad.
«El problema de la Constitucionalidad de la norma se da cuando el ejercicio de la libertad de expresión y asociación en su modalidad de manifestación pública, se presenta ante el descontento social, que se eleva a la modalidad de las críticas que pueden llegar en la mayoría de los casos a ser incómodas para autoridades o algún sector de la sociedad civil», afirmó la jueza.
La anterior Ley de Transporte y Vialidad, expedida en 2002, durante el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador, contenía las mismas restricciones a las marchas, que fueron aplicadas selectivamente por las autoridades en sus 12 años de vigencia.
«Es claro que no se puede pedir aviso con la anticipación señalada para ejercer el derecho a la protesta pública, especialmente cuando hay insatisfacción de las políticas públicas o crítica a alguno de los Poderes públicos», agregó.
La posible alteración al orden público que provocan estas manifestaciones, expuso García Villegas, tiene que ser «inminente y cierta», es decir, no se puede establecer a priori en el texto legal, por lo que también falló contra los artículos que prohíben usar vías primarias y facultan a la Policía para desalojarlas.