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MÉXICO, DF, 21 de agosto de 2015.- El Juez Tercero de Distrito en el Estado de Sonora, con sede en Hermosillo, Ricardo Ruiz del Hoyo Chávez, negó las órdenes de aprehensión solicitadas por el Ministerio Público en contra de 22 trabajadoras de la Guardería ABC por los hechos lamentables ocurridos el pasado 5 de junio de 2009.
En una nota informativa, el Consejo de la Judicatura Federal informó que en la causa penal 125/2015, resolvió negar las órdenes de aprehensión al considerar que las empeladas sí llevaron a cabo acciones de evacuación y salvamento de muchos de los infantes que estaban bajo su cuidado, pero que no pudieron desalojar a la totalidad de ellos.
Las órdenes de aprehensión fueron solicitadas por la probable responsabilidad de las 22 empleadas en la comisión de los delitos de homicidio culposo por omisión; lesiones culposas (que no ponen en peligro la vida) y lesiones culposas por omisión (lesiones que ponen en peligro la vida). Todos tipificados por el Código Penal Federal.
En su argumentación, el Ministerio Público de la Federación consideró que las empleadas de la guardería tenían el deber de cuidar por la integridad física de todos los infantes, deber al cual faltaron injustificadamente el día de los acontecimientos, pues no llevaron a cabo acciones tendientes a preservar su integridad física, procurando la evacuación de todos ellos.
Sin embargo, el juez concluyó que sí llevaron a cabo acciones de evacuación y salvamento de muchos de los menores que estaban bajo su cuidado, pero que no pudieron desalojar a la totalidad de ellos, por la rápida propagación del fuego, rapidez ocasionada, según dictámenes periciales, por la falta de medidas preventivas en la construcción del establecimiento habilitado como Guardería.
Del resultado de los propios dictámenes periciales, se establecieron omisiones a cargo de los dueños de la Guardería, arrendatarios de la bodega contigua perteneciente a la Secretaría de Hacienda del Estado y autoridades, tanto del Instituto Mexicano del Seguro Social, como de Protección Civil Estatal y Municipal, no destacando omisión alguna a cargo de los empleados de la Institución educativa.
“Por estas razones se determinó que las empleadas indiciadas no faltaron a su deber de cuidado, respecto de la integridad física de los infantes”, se indicó.