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Cae presunto feminicida en la alcaldía Álvaro Obregón en CDMX
MÉXICO, DF, 25 de junio de 2015.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que la Ley General del Servicio Profesional Docente, en específico, los artículos impugnados en los amparos de los maestros disidentes, no violan el derecho de audiencia previa ni tampoco violan sus conquistas laborales, pues la reforma Constitucional a la educación detalla con claridad las reglas de evaluación para la permanencia en el servicio docente.
Nuevamente por unanimidad, los ministros establecieron que las reformas constitucionales y en las leyes secundarias de educación, establecen nuevas reglas para la permanencia en el servicio activo docente y de ninguna manera modifican los derechos alcanzados, pues su permanencia en el servicio público dependerá de las diversas reglas que se establecieron para implementar la evaluación.
Con diversos matices, la mayoría de los ministros manifestaron que si bien es cierto que los maestros tienen derecho a seguridad en el empleo, la evaluación tiene mayor peso constitucional y de ninguna manera viola los derechos humanos la fortaleza de la calidad en la educación.
Durante el debate, el ministro Alberto Pérez Dayán explicó que aún y cuando los maestros invocan el artículo 123 Constitucional para defender su permanencia en las plazas de trabajo, hay una fracción de ese mismo artículo que prevé excepciones a la norma.
Durante el tercer día de discusión, en la revisión de los amparos interpuestos por los maestros, el pleno de la Suprema Corte de Justicia votó por unanimidad por la constitucionalidad de las normas impugnadas por la corriente disidente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), aunque tuvieron diferencias en la manera en cómo se dio respuesta a los agravios esgrimidos por los quejosos.
Los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, José Ramón Cossío Díaz, Arturo Zaldívar Lelo de la Rea, Juan Silva Meza, Olga Sánchez Cordero, Eduardo Medina Mora, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y el propio Franco González Salas se pronunciaron a favor del sentido del proyecto elaborado por el propio Franco, que rechazar los argumentos de los maestros quejosos.
En los hechos, el pleno se perfila para desechar el primero de los 26 amparos promovidos por maestros del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) y de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) para tratar de revertir la reforma constitucional en materia educativa, lo cual ocurrirá el próximo lunes.
La totalidad de los ministros expresaron que si bien es cierto que los maestros tienen derecho a seguridad en el empleo, la reforma tiene mayor peso constitucional en la parte general de que todos los mexicanos tienen derecho a contar con una educación pública de calidad y para poderla alcanzarla se requiere contar con maestros que muestren calidad en el servicio.
Hay que recordar que centenares de integrantes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación presentaron 26 amparos colectivos en contra de la evaluación magisterial, los cuales ya están siendo revisados.