Favorece a educación y soldados recorte a organismos autónomos: Sheinbaum
MÉXICO, DF, 24 de septiembre de 2014.- La Secretaría de Educación Pública ofrecerá el Plan de Estudios del Servicio Nacional de Bachillerato en Línea, Prepa en Línea-SEP, que se ubica en la modalidad no escolarizada, opción virtual, destaca la segunda emisión de Noticias MVS.
Su estructura curricular está organizada en 23 módulos que permitirá a quienes lo cursen, continuar los estudios de tipo superior o incorporarse al ámbito laboral.
Está dirigido a personas que acrediten haber concluido sus estudios del nivel secundaria, para lo cual presentarán el certificado correspondiente al momento de su inscripción, o a más tardar dentro de los seis meses posteriores al inicio de sus estudios.
Para efectos de este plan de estudios, un crédito será el equivalente a 10 horas de formación requeridas para alcanzar los resultados de aprendizajes esperados y cada módulo incorpora 12 créditos, sumando un total de 276.
El modelo educativo se sustenta en el Marco Curricular Común, por el que se establece un modelo centrado en el estudiante a partir del paradigma constructivista y bajo un enfoque por competencias.
Además, concibe un enfoque conectivista y de aprendizaje social, que representa el enlace de la educación interactiva y colaborativa de los actores que intervienen en el aprendizaje en línea.
El modelo de evaluación considera el desempeño de los estudiantes al realizar actividades que movilicen saberes, actitudes y habilidades, que resultan en las evidencias de una actividad prediseñada con un propósito formativo.
Lo anterior, a través de las rúbricas que incorporan las competencias del Marco Curricular Común y valoran los criterios cognitivo (saber), actitudinal (saber ser), comunicativo (saber hacer), colaborativo (saber convivir) y pensamiento crítico (aprender a aprender).
En los procesos de inscripción, reinscripción, evaluación, acreditación, equivalencia, revalidación, se aplicarán las disposiciones establecidas en las normas de control escolar que al efecto emita la autoridad educativa competente, de conformidad con lo establecido por el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.