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MÉXICO, DF, 30 de marzo de 2015.- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) entregar documentos relacionados con la contratación temporal que llevó a cabo para cubrir el periodo vacacional de la persona que ocupa el puesto de Profesionista de Programación y Equipos, adscrita a la Zona de Operación de Transmisión Frontera, en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, y que en un principio negó argumentando, entre otros, riesgo para la seguridad nacional.
Específicamente, deberá entregar el oficio de propuesta sindical, mediante el cual se promovió a determinadas personas para cubrir el puesto de Profesionista de Programación y Equipos, durante enero de 2015, así como una versión pública del contrato de cobertura por vacaciones de ese puesto y la lista de asistencia que elabora el guardia de seguridad en el punto de acceso al edificio, de fecha 29 de enero de 2015, informó el instituto a través de un comunicado.
En respuesta al particular que solicitó dichos documentos, la CFE señaló que la información se encontraba reservada por un periodo de cinco años, por estar relacionada con los juicios laborales 717/2013 y 562/2014, radicados en la Junta Especial número 60 de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, y su difusión causaría un perjuicio a las estrategias procesales en curso.
El solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el IFAI, turnado a la ponencia de la comisionada presidenta, Ximena Puente de la Mora, mediante el cual argumentó que la información ni se relaciona ni forma parte de las estrategias procesales de los juicios referidos.
En alegatos, la CFE reiteró la clasificación de la información; y en un alcance, refiriéndose al caso concreto de la lista de asistencia, agregó que dar a conocer ésta pondría en riesgo la seguridad nacional, ya que contiene información de carácter estratégico relacionada con la infraestructura de la CFE.
Al analizar el caso, la Comisionada Ponente corroboró que los juicios laborales existen y se encuentran en la etapa procesal de instrucción, es decir, no han causado estado; no obstante, aseguró, los documentos solicitados no se relacionan con dichos juicios, por lo que la reserva de la información es improcedente.
Señaló que no se advierte cómo la difusión de los documentos puede causar un perjuicio a las estrategias procesales, pues fueron generados dentro de las actividades que lleva a cabo la CFE, y tampoco de qué manera puede poner en riesgo las acciones destinadas a proteger la integridad, estabilidad y permanencia del Estado, la gobernabilidad democrática, la defensa exterior y la seguridad nacional.
Al exponer el caso ante el Pleno del IFAI, Ximena Puente de la Mora dijo que la difusión de esta información transparenta la gestión pública, fomenta la rendición de cuentas y permite al particular valorar el actuar de la Comisión en la contratación de trabajadores temporales.
“El hecho de publicitar el contrato celebrado con el trabajador o trabajadores temporales, permitiría conocer el instrumento por medio del cual se formalizó una relación de trabajo entre el ente público y los trabajadores, que desempeñaron atribuciones de índole pública por un tiempo determinado, y cuyo salario fue erogado con recursos públicos”.
Por lo anterior, el Pleno del IFAI revocó la respuesta de la CFE y le instruyó entregar al recurrente los documentos de su interés.
Asimismo, el Pleno determinó que la CFE deberá declarar formalmente la inexistencia de la “Justificación de la empresa para no cubrir el puesto de Profesionista de Programación y Equipos”, documento que el particular también solicitó y sobre el cual la Comisión no se pronunció.