Cerca de UAS en Culiacán, 6 muertos en vehículo abandonado
MÉXICO, DF., 12 de diciembre de 2015.- Ante la solicitud de un particular inconforme por los datos proporcionados, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ordenó a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) dar a conocer la lista de Asociaciones Deportivas Nacionales o de órganos estatales de Cultura Física y Deporte, que han recibido recursos para competencias y que no han sido comprobados, respecto de los ejercicios 2013 y 2014.
El organismo indicó que se deberá precisar la cantidad de dinero otorgado, así como el viaje o competencia para el cual fueron seleccionados atletas o entrenadores y la deuda que se tiene por falta de comprobación.
En respuesta a un particular que solicitó esos datos, respecto del periodo de 2012 a 2015, el sujeto obligado, a través de la Subdirección de Calidad para el Deporte, indicó que encontró información de los ejercicios 2013 y 2014, y precisó que respecto del ejercicio 2012 no existen recursos por comprobar.
Por lo que toca al ejercicio 2015, apuntó que el periodo comprobatorio se encuentra abierto, por lo que no era posible entregar una relación sobre montos pendientes por comprobar.
En razón de lo anterior, puso a disposición del solicitante 57 fojas útiles, para que sean consultadas en sus oficinas, facilitando el nombre de la persona con quien debía dirigirse y los datos de contacto.
Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, el cual fue turnado al comisionado Oscar Guerra Ford, en el que manifestó que requería la entrega de los datos de manera física o electrónica.
En alegatos, el sujeto obligado ofreció además de la consulta directa, la reproducción de la información en copias simples y certificadas y, además, justificó la razón por la cual no entregó los documentos a través de un medio electrónico.
El Instituto pudo advertir que el particular mostró inconformidad con la modalidad de entrega ofrecida, pero consintió de manera tácita que la CONADE únicamente pusiera a su disposición la información relativa a los ejercicios 2013 y 2014, no así de los ejercicios 2012 y 2015.
Se advirtió que, en respuesta impugnada el sujeto obligado se limitó a poner a disposición del particular las expresiones documentales en consulta directa, omitiendo pronunciarse en relación con la modalidad requerida y, por ende, no cumplió con la obligación de dar acceso, ya que tampoco ofreció la expedición de copias simples y certificadas.