Promete Sheinbaum cero impunidad ante feminicidios y reforma vs violencia
CIUDAD DE MÉXICO, 13 de marzo de 2016.- Luego de las declaraciones de que “los gais no deberían existir” y posterior disculpa pública a la comunidad homosexual de Candelaria Pérez Jiménez, legisladora de Morena en Tabasco, la diputada federal Ernestina Godoy Ramos, exhortó a los Congresos de los estados a no prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Ante la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de considerar discriminatoria la definición del matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, la secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados instó a las legislaturas locales adecuar sus códigos civiles a favor de dicha unión.
Recordó que en marzo de 2010, cuando entró en vigor el matrimonio de personas del mismo sexo en la Ciudad de México, cerca de 700 parejas decidieron unirse; y durante seis años se tienen registradas más cinco mil 500 uniones, de las cuales sólo el uno por ciento decidió divorciarse.
La legisladora de Morena hizo un reconocimiento a los congresos de Quintana Roo y Coahuila, en donde se dio un paso importante basado en el respeto absoluto de los derechos humanos y las libertades.
Destacó que en 2012 la SCJN resolvió tres amparos que impugnaban el código civil de Oaxaca, el cual limita los matrimonios a parejas entre un hombre y una mujer, sin embargo, un año después en dicha entidad se celebró la primera unión entre personas del mismo sexo, como resultado del amparo ganado.
Expuso que parejas de Colima, Baja California, Jalisco, Michoacán y Nuevo León, solicitaron amparos similares al promovido en Oaxaca, obteniendo respuestas satisfactorias basadas en la no discriminación y los derechos de igualdad en México.
“Mantener en las normas civiles de los estados, la definición del matrimonio como el celebrado entre un solo hombre y una sola mujer, con el objetivo de perpetuar la especie, prevé una distinción implícita entre parejas heterosexuales y homosexuales, ya que mientras a las primeras se le permite el acceso al matrimonio, a las segundas se les niega esa posibilidad”, apuntó Godoy Ramos.
Dicha situación, indicó, conlleva a una discriminación basada en la preferencia sexual de las personas, lo cual es una categoría prohibida por el artículo Primero constitucional.
“La libertad de decidir es un derecho que las autoridades no deben coartar”, sentenció.