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LEÓN, Gto., 03 de junio de 2014.- Tras concluir el periodo para que empresas repartieran a sus empleados las utilidades del año pasado, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo exhortó a los trabajadores que no recibieron la prestación, a acudir a la instancia a fin de recuperar el monto correspondiente.
Arturo Villalobos Amador, responsable del área, señaló que esta prestación únicamente se puede recuperar en caso de que la empresa compruebe que se tuvo utilidad.
Dijo que a la fecha no han recibido ninguna queja; sin embargo, el trabajador tiene hasta un año para hacer la reclamación correspondiente.
El año pasado se recibieron 117 demandas por parte de los trabajadores, pero en todos los casos se justificó “el que no se haya otorgado esa prestación”.
Cabe mencionar que la fecha límite para que personas morales recibieran el reparto de utilidades, venció el 31 de mayo, mientras que para las personas físicas vence en Junio.
Villalobos Amador dijo que la utilidad corresponde cuando se laboró durante un año en una empresa, sea que haya estado incapacitada por maternidad o por accidente de trabajo.
Las empresas que no están obligadas a dar utilidades son las que no tienen fines de lucro, las de nueva creación durante el primer año, las que tuvieron una utilidad menor a 300 mil pesos, así como las del sector de la extracción durante el periodo de explotación, concluyó.