Vinculan a proceso y trasladan a Cevarepsi a acusado de ataque en Metro
CHILPANCINGO, Gro., 12 de noviembre de 2014.- La Fiscalía General del Estado de Guerrero informó que solicitó ante el Congreso del Estado la declaratoria de procedencia y revocación de mandato contra el regidor Jorge Isaac Pérez Salas, con la finalidad de proceder penalmente en su contra por el homicidio de Braulio Zaragoza Maganda, quien se desempeñara como secretario General del Partido Acción Nacional (PAN) en el estado.
A continuación se reproduce el comunicado íntegro, emitido por la FGE a este respecto:
Al respecto, es dable señalar que en su oportunidad un Juez Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tabares, decretó auto de formal prisión en contra de Aldy Manuel y Eder Andy, ambos de apellidos González Rodríguez, así como de Carmen Delia Aguirre Nevarez, por su probable responsabilidad en la comisión del delito de homicidio calificado, en agravio de Braulio Zaragoza Maganda Villalva; además de obtener orden de aprehensión en contra de Benito Manrique Contreras y/o Benito Manriquez Contreras, por el mismo ilícito.
Dichos resultados fueron obtenidos gracias a las tareas de investigación de campo y análisis de gabinete, así como al trabajo técnico científico efectuado por personal de la Fiscalía General Guerrerense, destacando la información derivada de las sábanas de llamadas entrantes y salientes al teléfono de la víctima, pues ello permitió elaborar una red técnica de vínculos a partir de la cual se logró establecer con certeza la línea telefónica y el usuario que efectuó llamadas al hoy occiso para citarlo en el restaurante del hotel el Mirador de la ciudad y puerto de Acapulco de Juárez, Guerrero, motivo por el que en su momento se giró orden de localización y presentación en contra de distintas personas, entre ellas Carmen Delia Nevarez Arias, Carmen Delia Aguirre Nevarez, Aldy Manuel y Eder Andy, ambos de apellidos González Rodríguez.
En ese orden de ideas, Carmen Delia Nevarez Arias negó su participación en los hechos que se investigan, pero señaló que a finales del mes de septiembre notó que su hija, de nombre Carmen Delia Aguirre Nevarez, tenía en su poder un teléfono diferente al que utilizaba, el cual, a dicho de ésta, se lo había comprado el señor Eder Andy González Rodríguez porque tenía que realizar algunas llamadas telefónicas y una vez que realizó las mismas, la enunciada persona le indicó que se quedara con el equipo; lo anterior se corroboró con el ateste ministerial de Carmen Delia Aguirre Nevarez, quien agregó que el señor Eder Andy González Rodríguez le dijo que ella le iba a servir para hacer una llamada telefónica, y que para tal efecto Eder Andy y su hermano Andy Manuel le proporcionaron un teléfono celular, además de una hoja en la que Eder asentó el texto que debía emplear al hacer el enlace en cuestión a la persona que él le indicara, siendo ésta el señor Braulio Zaragoza Maganda Villalva, a quien aproximadamente a las 14:00 horas de ese día le marcó, enviándola al buzón, lo que le generó una respuesta automática a través de un mensaje de texto con la siguiente leyenda “estoy conduciendo”.
Consecuentemente, alrededor de quince minutos más tarde, Carmen Delia Aguirre Nevarez volvió a marcar al número de la víctima, teniendo éxito en esta ocasión, por lo que una vez que el agraviado atendió la llamada, ésta le indicó lo siguiente:
“Hola, señor Braulio, buenas tardes, hablo de parte del senador Ríos Píter, el senador desea hablar con usted, podría usted desayunar con él a las ocho de la mañana en el restaurante que se encuentra en el Hotel el Mirador”, a lo que la hoy víctima contestó que sí, por lo cual la declarante le hizo saber que le informaría tal situación, para después terminar la llamada.
Adicionalmente, Carmen Delia Aguirre Nevarez señaló que el texto que le hizo Eder Andy lo rompió e “hizo bolas”, tirándolo en el exterior de su domicilio, razón por la cual el personal ministerial se constituyó en el referido lugar, localizando pedazos de papel con un texto manuscrito que corresponden a lo expresado por la misma, en el sentido de las indicaciones que recibió para concertar la cita con el hoy occiso, por lo que se ordenó su aseguramiento e intervención pericial en materia de grafoscopía, determinándose la existencia de correspondencia entre el texto escrito en la hoja de papel asegurado y muestras recabadas al probable responsable Eder Andy González Rodríguez.
Por su parte, al rendir declaración ministerial, Eder Andy González Rodríguez señaló que el 27 de septiembre de 2014, se encontró con el señor Benito Manríquez Contreras, quien es Presidente del Comité Ejecutivo Municipal (CEM) del Partido Acción Nacional en Acapulco, el cual le indicó que necesitaba que le apoyara con una llamada telefónica al señor Braulio Zaragoza Maganda Villalba, por lo que debía comprar un teléfono, además de buscar a una persona del sexo femenino para efectuar dicha comunicación, identificándose como secretaria del senador Ríos Piter y preguntando si le interesaba desayunar con éste en el restaurante del hotel El Mirador.
Añadió que Benito Manrique le hizo saber que necesitaba que Braulio Zaragoza acudiera al enunciado lugar para privarlo de la vida bajo el argumento de que no había cumplido con “acuerdos internos del partido”.
Eder Andy también exteriorizó que Benito Manrique y Jorge Isaac Pérez Salas habían acordado ultimar a Maganda Villalva, ya que el primero quería ser candidato para una diputación local y el segundo quería la secretaría ejecutiva estatal del partido; además del incumplimiento de algunos acuerdos internos a los que habían llegado, y finalmente porque su hermano Aldy Manuel aspiraba a una diputación local. Además, corroboró lo señalado por Carmen Delia Aguirre Nevarez, en el sentido de que esta persona fue la que realizó la llamada telefónica al señor Braulio Zaragoza Maganda Villalva, a quien privarían de la vida por incumplir algunos acuerdos al interior de la dirigencia estatal del Partido Acción Nacional.
Eder Andy mencionó que una vez que se había confirmado la cita con el señor Braulio Zaragoza Maganda Villalva, se reunió de nueva cuenta con Benito Manrique Contreras a fin de informarle que ya se había contactado a la referida persona, indicándole éste que más tarde le buscaría una persona de nombre Pedro N, quien le entregaría tres mil pesos, lo que aconteció ese mismo día en la vía pública.
A su vez, al rendir declaración ministerial, asistido por un defensor particular, Aldy Manuel González Rodríguez negó su participación en los hechos, descalificando las imputaciones que hacían en su contra Carmen Delia Aguirre Nevarez y Carmen Delia Nevarez Arias, sin embargo no hizo pronunciamiento alguno respecto a las señalamientos que formuló su hermano Eder Andy González Rodríguez.
En virtud de las probanzas obtenidas por la Representación Social, se ejerció acción penal con detenido en contra de Eder Andy González Rodríguez, Aldy Manuel González Rodríguez y Carmen Delia Aguirre Nevarez, y sin detenido en contra de Benito Manrique Contreras, todos por su probable responsabilidad en la comisión del delito de homicidio calificado cometido en agravio de Braulio Zaragoza Maganda Villalva.
Los indiciados fueron internados en el Centro de Reinserción Social (CERESO) de Chilpancingo de los Bravo, a disposición de un Juez de Primera Instancia en Materia Penal del Distrito Judicial de Tabares, quien recabó su declaración preparatoria y les decretó la formal prisión, además de obsequiar el mandato judicial de captura en contra de Benito Manrique Contreras.
Por cuanto hace a Aldy Manuel y Eder Andy, ambos de apellidos González Rodríguez, así como de Carmen Delia Aguirre Nevarez, su proceso se encuentra en etapa de instrucción, por lo que el Ministerio Público adscrito a los Juzgados del Distrito Judicial de Tabares (Acapulco) aporta dentro de la causa penal diversos elementos de prueba para fortalecer la pretensión punitiva, a saber: testimoniales, documentales y dictámenes periciales, todo lo cual permitirá acreditar fehacientemente la participación y responsabilidad de los procesados en los hechos que se les imputan, haciendo valer en el momento procesal correspondiente sus conclusiones acusatorias ante el órgano jurisdiccional de mérito.
No se omite manifestar que el Ministerio Público Investigador, dejó desglose para continuar con las investigaciones por cuanto hace la participación de más sujetos en la comisión del evento delictivo en cuestión, destacando que por lo que hace a Jorge Isaac Pérez Salas se promovió declaración de procedencia y también procedimiento de revocación de mandato ante el Congreso del Estado.