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MÉXICO, DF., 25 de noviembre de 2015.- La Gaceta Oficial del Distrito Federal publicó este miércoles el Reglamento de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas del DF, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer establecido por la Organización de las Naciones Unidas.
Como lo había anunciado el jefe de Gobierno del Distrito Federal (GDF), Miguel Ángel Mancera Espinosa, con el Reglamento se publicaron además el Acuerdo para el Empoderamiento Económico de las Mujeres Víctimas de Violencia Familiar en la Ciudad de México, el Acuerdo por el que se establece el Modelo Único de Atención para el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal y el Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México 2015-2018, se informó en un comunicado.
De acuerdo con el Reglamento de la Ley, las dependencias, órganos y entes de la Administración Pública del Distrito Federal, en el ámbito de sus competencias, implementarán estrategias, mecanismos y acciones para dar a conocer las nuevas disposiciones y promover su efectiva aplicación.
Las estrategias, mecanismos y acciones comprenderán, entre otras, la difusión amplia del Reglamento; capacitación, formación y actualización permanente sobre atribuciones y funciones de las personas servidoras públicas en materia de trata de personas.
Conforme a la Ley, el Reglamento incluye la definición y alcances de las acciones de prevención, las acciones de protección y asistencia y la atención médica integral y gratuita.
Y fija las reglas para la constitución de una Comisión Interinstitucional, instancia que elaborará un diagnóstico para conocer la situación que prevalece en la capital del país en materia de trata de personas.
Además, generará estrategias, líneas de acción, mecanismos, criterios de vinculación y todas aquellas acciones necesarias para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos.
Entre los preceptos incluye el de “debida diligencia”, que consiste en la obligación de las personas servidoras públicas de dar respuesta inmediata, oportuna, eficiente, eficaz y responsable en la prevención, investigación, persecución y sanción, así como en la reparación del daño.
Establece un enfoque de derechos humanos, la no revictimización, un enfoque diferencial y especializado (que reconoce la existencia de víctimas con características particulares) y un índice de vulnerabilidad (que calcula el riesgo de las personas ante la posibilidad de convertirse en víctimas o para la implementación de la protección y asistencia a las víctimas).
La Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas del Distrito Federal se publicó el 13 de marzo de 2014.
El Reglamento puede consultarse AQUÍ