Defiende Sheinbaum desaparición del INAI y otros 6 organismos autónomos
CIUDAD DE MÉXICO, 29 de febrero de 2016.- La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia no especifica cuál será la autoridad responsable de establecer un protocolo de atención para víctimas de violencia, advirtió la diputada Maricela Contreras Julián.
La legisladora puntualizó que se establecen las bases mínimas para el funcionamiento de refugios, sin embargo “nos preocupa que existan lagunas en la norma que impiden a las autoridades locales en los estados, tener claridad en cuanto a la operación de los refugios y no cumplan con la función de establecerlo como un espacio confidencial, seguro, temporal y gratuito, donde mujeres, sus hijas e hijos víctimas de violencia, puedan recibir servicios especializados y atención integral”.
La propuesta presentada por el Grupo Parlamentario del PRD busca que la Secretaría de Gobernación (Segob) sea la instancia facultada para elaborar un protocolo especializado de atención a víctimas en los refugios y los lineamientos de operación que deben observar para su funcionamiento.
“Además se reforma lo referente a la facultad del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) para que colabore con Segob en el diseño y evaluación del modelo de atención a víctimas en los refugios. Cabe mencionar que la detección y atención profesional especializada son fundamentales para romper con el círculo de violencia y facilitar la recuperación de la víctima y de las personas que dependen de ella”, puntualiza la legisladora.
Recordó que la violencia hacia las mujeres no es un tema menor, ya que la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2011, dada a conocer por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el Inmujeres y el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (Unifem), revela la situación tan grave que viven las mujeres en nuestro país.
Entre los datos destaca que 24 millones 566 mil 381 mujeres entrevistadas para este estudio, 11 millones 018 mil 415 han vivido algún episodio de maltrato o agresión en el transcurso de su vida conyugal; en primer término, las mujeres que sufrieron violencia física por parte de su pareja a lo largo de su relación asciende a 2 millones 842 mil 309.
“A pesar de que las leyes dan garantía de la existencia de los refugios, aún quedan brechas e indefiniciones graves en las disposiciones que delinean un marco general preciso respecto a los estándares de la atención, prevención y erradicación de la violencia que se deben brindar en estos espacios; ya que hace falta precisar y garantizar mecanismos de suficiencia y eficacia presupuestal; definir líneas de coparticipación de gobierno y la sociedad civil; el seguimiento del caso y la evaluación de los servicios”, dijo.
“Ante ese escenario, es necesario que los refugios para las víctimas de violencia cuenten con un refugio apto para recibirlos en etapa crítica, a fin de que reconozcan qué es la violencia y como recuperarse y empoderarse de nueva cuenta, a través de un tratamiento psicológico adecuado”, finalizó.