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CIUDAD DE MÉXICO, 27 de abril de 2016.- Considerando que diversos artículos del nuevo Código Militar de Procedimientos Penales son contrarios a la Constitución y pro violatorios de los Derechos Humanos, el diputado Omar Ortega Álvarez confió en que la Cámara de Senadores rectifique lo aprobado en la Cámara de Diputados y considere las reservas presentadas por el GPPRD.
“Nuestro Grupo Parlamentario, como es del conocimiento público –señaló– votó contra el dictamen relativo a este Código y el de Justicia Militar presentado por la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados, pues aun cuando se incluyeron 41 de 45 cambios que propusimos, permanecieron cuatro artículos que claramente son contrarios a la Carta Magna y a los convenios internacionales en materia de Derechos Humanos suscritos por México”.
Puntualizó que estos artículos son el 105, el 278, el 290 y el 361 del nuevo Código de Procedimientos Penales en los que, por una parte, se desconoce la Ley General de Víctimas y, por otra, se faculta a jueces militares para autorizar a fiscales y policías militares el cateo de propiedades, la intervención de comunicaciones y la comparecencia forzada de civiles.
Ortega Álvarez consideró esto un exceso contrario al artículo 13 de la Constitución que claramente establece que “los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda”.
El diputado perredista recordó que el GPPRD votó contra el dictamen tanto en la reunión de la Comisión de Defensa como en el Pleno de la Cámara de Diputados. “No hubo negociaciones en lo “oscurito” –puntualizó–, el Grupo tuvo la capacidad de negociar algunas modificaciones importantes al dictamen porque, en su momento, fue el único que había presentado reservas al mismo, lo que permitió abrir el debate en el Pleno de la Cámara de Diputados”.
Reiteró su confianza en que la Cámara de Senadores, en su carácter de Cámara Revisora, rectifique el texto aprobado y lo ajuste a la norma constitucional, de esta reforma en lo que respecta a Derechos Humanos y en lo referente a la división de poderes.