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MÉXICO, DF, 21 de octubre de 2014.-Al Tribunal Superior de Justicia del DF se le emitió la Recomendación 9/2014 por emitir una orden de aprehensión cuando el delito que se le imputaba a una mujer ya había prescripto.
La Secretaría de Gobierno del DF también fue señalada en la recomendación pues custodias del Reclusorio Femenil de Santa Martha Acatitla no avisaron del ingreso de María de los Ángeles Contreras Velarde, lo que ocasionó que la mujer tuviera que permanecer ocho días presa sin que ninguna autoridad le explicara su situación jurídica.
Perla Gómez, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del DF informó que el caso ocurrió en 2012, y entre los puntos recomendatorios está la aplicación de sanciones penales y administrativas para empleados del TSJDF y de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario.
Al TSJDF se le recomendó que se diseñe un sistema informático, donde se incorpore una base de datos que contenga las órdenes de aprehensión pendientes de cumplimentar y su vigencia.
También que emita un acuerdo, a través del cual se instruya a los Jueces del ramo penal, a efecto de que cuando menos una vez al mes, realicen una revisión de las órdenes de aprehensión pendientes de cumplimentar, con la finalidad de determinar en cuáles ha operado la prescripción.
«Una vez hecho lo anterior, comunique oportunamente a la Procuraduría General Justicia del Distrito Federal, la resolución respectiva, para que se cancelen las órdenes de captura declaradas prescritas.
«Asimismo, se les instruya a través del acuerdo, para que al momento de librar las respectivas órdenes de captura, se determine la fecha probable en que prescribirá la pretensión punitiva, misma que deberá ser corroborada en el momento procesal oportuno por la autoridad judicial competente», informó la ombudsman.
Gómez aclaró que se violentaron el derecho al debido proceso y a las garantías judiciales.
La CDHDF también instó al TSJDF a la Secretaría de Gobierno y a la Procuraduría del DF a que diseñen y fortalezcan los procedimientos internos para que los jueces del ramo penal, tengan conocimiento de manera inmediata y por cualquier medio, del ingreso de las y los probables responsables a los diversos centros de reclusión.
Todos derivados del cumplimiento de órdenes de aprehensión, en particular, en aquellos casos en que las capturas se realicen en días y horas inhábiles.
La Recomendación 9/2014 también conmine al Secretario de Gobierno a que instruya a cada uno de los titulares de los centros de reclusión a su cargo, para que de manera inmediata informen a los jueces del ramo penal, el ingreso y puesta a disposición de los probables responsables en los diversos centros de reclusión derivado del cumplimiento de órdenes de aprehensión.
«En particular, en aquellos casos en que las capturas se realicen en días y horas inhábiles», indica el documento.