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MÉXICO, DF, 30 de abril de 2015.- De dos años a seis meses se redujo el plazo para solicitar la declaración de ausencia, y de seis a dos años, la presunción de muerte de alguna persona a fin de hacer expedito el cobro de seguros o la extinción de obligaciones.
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 403 votos a favor, uno en contra y una abstención, modificaciones al Código Civil Federal y la adición del artículo 371 Bis al Código Federal de Procedimientos Civiles, para acortar los tiempos del procedimiento judicial, en cumplimiento al mandato constitucional de expedir resoluciones prontas.
En fundamento del dictamen, el diputado el PRI Javier López Zavala expuso que la incertidumbre generada por desconocimiento del paradero de un ser querido debe de ser uno de los dolores más grandes que una persona puede sentir.
“Si esto le sumamos el hecho de que en muchos casos se requiere que la familia tenga que acceder a trámites de declaración de ausencia o presunción de muerte, podemos decir que esto se convierte en un verdadero martirio y angustia”, dijo en nombre de la Comisión de Justicia.
De tal forma, consideró importante las reformas al Código Civil Federal para acortar los tiempos del procedimiento judicial que aclara la ausencia y la presunción de muerte respecto de una persona desaparecida, a fin de proteger el derecho de los familiares sobre los bienes del ser querido.
El documento canalizado al Senado de la República, establece que en caso de que se encuentre pendiente de resolución un juicio de declaración de ausencia o presunción de muerte, la interrupción del término cesará cuando el juez declare ésta última.