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MÉXICO, DF., 11 de agosto de 2015.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon este martes inconstitucional el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia de Campeche, que prohíbe la adopción de menores a personas unidas bajo la sociedad de convivencia, informó Animal Político.
Añadió que lo moción fue aprobada con nueve votos a favor y uno en contra. Y se dio luego de que los ministros —con excepción del ex procurador General de la República, Eduardo Medina Mora— coincidieron en que los que viven en régimen de convivencia, ya sea en matrimonio o en concubinato, gozan de los mismos derechos constitucionales, entre éstos, la adopción de menores.
La propuesta fue elaborada por la ministra Margarita Luna Ramos y en ésta se proponía declarar inconstitucional el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia.
Celebra CEAV
La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) celebró el fallo que declara inconstitucional la norma que prohibía la adopción de niñas y niños a parejas unidas en sociedad de convivencia en Campeche.
“Declarar inconstitucional este artículo terminará con muchos intentos de discriminación vía las leyes, como se han venido dando en México en los últimos años” dijo Jaime Rochín el Rincón, presidente comisionado de CEAV, en un comunicado de prensa.
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