
Impulsa MC lactarios en administración pública y órganos desconcentrados
MÉXICO, DF, 17 de mayo de 2015.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dar a conocer versión pública de los 15 contratos que suscribió por servicios de conectividad a internet del programa México Conectado, informó el instituto a través de un comunicado.
En respuesta a un particular que solicitó esa información, el sujeto obligado entregó los extractos de una foja, por cada contrato.
Inconforme, el particular presentó recurso de revisión ante el INAI, turnado a la comisionada presidenta, Ximena Puente de la Mora, en el que manifestó que solicitó los contratos íntegros.
En alegatos, la SCT indicó que había entregado únicamente los extractos, porque los contratos están reservados por el secreto fiduciario, al tratarse de información relacionada con las operaciones y servicios que prestan las instituciones de crédito, con fundamento en la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG).
Con el objetivo de contar con mayores elementos para resolver el recurso, la ponente realizó un requerimiento de información adicional al sujeto obligado.
La comisionada Puente de la Mora dijo que en el cumplimiento del requerimiento de información adicional, la SCT sostuvo que todos los contratos solicitados forman parte del Fideicomiso 2058 e México y se encuentran reservados, ya que el Banco Nacional de Obras y Servicios, S.N.C. (Banobras) fue quien los clasificó, en su carácter de fiduciario.
Ximena Puente puntualizó que la naturaleza jurídica de la SCT es la de una secretaría de Estado, con funciones de derecho público y atribuciones para formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte, las comunicaciones, telecomunicaciones y radiodifusión de acuerdo a las necesidades del país.
Por tanto, enfatizó, la dependencia no puede invocar lo concerniente al secreto fiduciario, pues no es una sociedad nacional de crédito, ni es el fiduciario en el Fideicomiso “2058 e-México”, ni tampoco es una organización auxiliar nacional del crédito ni una institución nacional de seguros y fianzas.
Aunado a lo anterior, apuntó, el sujeto obligado únicamente funge como Coordinador Técnico del programa México Conectado, por lo que no se ve obligado por el secreto fiduciario previsto en la Ley de Instituciones de Crédito.
Afirmó que dicha norma sólo estipula el deber de las instituciones de crédito, y en el caso específico de las que fungen como fiduciarias, de resguardar y proteger la información y documentación relativa a las operaciones y servicios de sus clientes y usuarios, como las derivadas de los contratos de fideicomiso.
La comisionada presidenta destacó que el acceso a internet es un derecho humano que garantiza el ejercicio de otros derechos fundamentales, como la libertad de expresión, el derecho a la información y a la educación.
“El acceso a los contratos, permite a los ciudadanos vigilar y evaluar que se cumpla el mandato constitucional y, a su vez, tal vigilancia permite garantizar que el proyecto México Conectado cumpla con los objetivos por los cuales fue creado, es decir, disminuir la brecha digital en nuestro país, evitando profundizar en las desigualdades sociales, ya que se espera que un mayor número de mexicanos cuente con el servicio de internet de banda ancha, lo que conducirá a un ejercicio más pleno de los derechos fundamentales como la libertad de expresión, el derecho a la información, y la educación, entre otros”.
Recordó que en junio de 2011, la Organización de las Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos, la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa, emitieron la Declaración conjunta sobre la Libertad de Expresión e Internet, que establece el Principio de Neutralidad en la Red y el acceso a internet como elementos fundamentales para el fortalecimiento del derecho a la libre expresión y de que los estados tienen la obligación de facilitar el acceso universal y equitativo a internet.
Asimismo, en ese año, dijo, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, declaró el acceso a internet como un derecho Humano.
Por lo anterior, a propuesta de la comisionada presidenta, Ximena Puente de la Mora, el Pleno del INAI modificó la respuesta y ordenó a la SCT a entregar la documentación en los términos referidos.