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CIUDAD DE MÉXICO, 20 de abril de 2016.- El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) debe entregar documentos elaborados en 2010 por el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), sobre los modelos policiales que operan bajo la figura de Mando Único Policial a nivel internacional, así como sus implicaciones operativas, presupuestales, sociales y laborales para su implementación, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), informó el propio Instituto.
“Es importante que la información que solicitó la ciudadana sea pública, (…) porque la evidencia y argumentos que esgrime el Poder Ejecutivo para impulsar el mando único pueden enriquecerse si se incluye a la población en el debate legislativo. Además, la reforma contaría con legitimidad desde su aprobación”, aseguró el comisionado Joel Salas Suárez al presentar el caso ante el Pleno.
Afirmó que una reforma de esta importancia requiere un debate serio, incluyente e informado, que garantice la inclusión de las mejores políticas públicas para el contexto mexicano. Por ejemplo, dijo, la evidencia y la argumentación deben considerar la importancia de que los marcos jurídico e institucional correspondientes garanticen la protección efectiva de los derechos humanos.
La particular que solicitó conocer la información se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, porque el SESNSP la reservó por un periodo de 12 años, argumentando que contiene opiniones, recomendaciones y puntos de vista sobre la operación del Mando Único Policial en el país.
La dependencia agregó que la iniciativa presidencial era analizada y discutida en el Congreso de la Unión, por lo que la información solicitada formaba parte de un proceso deliberativo sin una decisión definitiva.
En alegatos, el SESNSP reiteró la reserva y precisó que la información requerida fue uno de los principales insumos para elaborar la Iniciativa de Decreto por el que se reforman los artículos 21, 73, 104, 115, 116 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por del titular del Ejecutivo Federal al Senado de la República, el 1 de diciembre de 2014.
En el análisis del caso, el INAI concluyó que no es posible reservar la información porque se trata de un insumo informativo para la toma de decisiones gubernamentales.
Aunado a ello, se advirtió que la información solicitada ya es pública, como resultado de un recurso de revisión resuelto en 2012 por el Pleno del entonces IFAI. En aquella ocasión, el Secretariado entregó copia de los siguientes documentos elaborados por el CIDE:
Primer Entregable. Análisis de las Experiencias Internacionales Respecto de los Modelos Policiales que operan bajo la figura de Mando Único Policial.
Segundo Entregable. Análisis de las Operaciones de los Mandos Policiales aplicables a México, bajo el escenario del acuerdo 03/XXXVIII/10 aprobado en la XXVIII Sesión del Consejo Nacional de Seguridad Pública.
Tercer Entregable. Implicaciones Operativas, presupuestales, sociales y laborales de los Mandos Policiales Viables.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta del SESNSP y le instruyó proporcionar a la particular los documentos hechos por el CIDE, a partir del Servicio para la realización de una asesoría respecto de los diversos modelos policiales existentes a nivel internacional que operen bajo la figura de mando único Policial, así como respecto de las implicaciones operativas, presupuestales, sociales y laborales a observar para su implementación.