Ejecutan 3 órdenes de aprehensión por caso de Diana Sánchez Barrios
MÉXICO, DF, 15 de enero de 2015.- La subsecretaría de Sistema Penitenciario del Distrito Federal designó al personal de la Unidad de Seguridad Procesal que se hará cargo de la vigilancia y resguardo de los juzgados y salas de juicios orales, así como del traslado de imputados, acusados y sentenciados.
Para el arranque del nuevo sistema de justicia penal acusatorio en delitos no graves, programado para el próximo viernes, la subsecretaria penitenciaria informó que las operaciones iniciarán con 102 elementos de seguridad penitenciaria seleccionados y capacitados para encargarse del resguardo de los traslados.
Además son 110 los elementos de la Policía Bancaria Industrial quienes por ahora se harán cargo de los juzgados y salas de juicios orales durante las audiencias, aunque en próximos días abrirán una convocatoria para contratar nuevo personal de seguridad para esas áreas.
“Estamos listos para dar cumplimiento al decreto que se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el pasado 20 de agosto por el que se declara la incorporación del Sistema Procesal Penal Acusatorio.
“Para ello creamos la dirección Ejecutiva de Seguridad Procesal que será la encargada de vigilar y resguardar los juzgados y salas de juicios orales, también supervisará todos los traslados de los imputados, acusados y sentenciados a los Centros Penitenciarios y a cualquier juzgado que lo solicite en el Distrito Federal”, sostuvo Hazael Ruíz Ortega, subsecretario penitenciario.
Entre las atribuciones de la Dirección, agregó el subsecretario, están: garantizar que los imputados que van a declarar, si son varios no se comuniquen entre sí, conduciéndolos al lugar destinado para cada uno; así como mantener en secreto los datos o información personal de la víctima u ofendido, imputado, testigos y demás que se ventilen en las audiencias.
Los agentes de Seguridad Procesal deberán y podrán utilizar, según lo requiera el caso, únicamente los candados de mano, con fundamento en Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos del Consejo Económico y Social de la ONU en sus Resoluciones 663C, del 31 de julio de 1957 y 2076 del 13 de mayo de 1977.