Detienen a 11 y aseguran droga durante 3 cateos en Quintana Roo
CIUDAD DE MÉXICO, 31 de marzo de 2016.- Atendiendo a la situación que actualmente prevalece en el sistema penitenciario mexicano, la Comisión Nacional de Derechos Humanos implementó el Programa de Pronunciamientos con el fin de impulsar acciones que permitan reforzar la protección y observancia plena de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad tendentes a asegurar su reinserción social efectiva, informó la CNDH a través de un comunicado.
En tal sentido, la Comisión identificó la necesidad de emitir un pronunciamiento específico respecto de la racionalización de las penas de prisión, a fin de que éstas sean congruentes con el derecho a la reinserción social previsto en el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Las penas excesivas en cuanto a su duración, representan una tendencia punitiva, sobre la cual el derecho penal condena con penas excesivas a los transgresores de las leyes penales.
Si bien este Organismo Nacional reconoce la necesidad de sancionar los delitos considerados como graves; no obstante, considera que la racionalización de las penas, es factor necesario para generar una reinserción social efectiva en el sentenciado.
Así, tanto la pena de prisión vitalicia como las condenas de larga duración que rebasan ostensiblemente el tiempo de vida promedio del cualquier ser humano, que en México es de 75 años, son contrarias al fin de la pena de prisión, ya que privan de cualquier esperanza de libertad en virtud de que, además, en muchos casos, anulan la posibilidad de acceder a algún tipo de beneficio de libertad anticipada, por lo que esta sanción no representa una respuesta acorde dentro del nuevo sistema penal en un marco de respeto a los derechos humanos de las personas en reclusión penitenciaria.
Ante esta problemática este Organismo Nacional elaboró el Pronunciamiento sobre La Racionalización de la Pena de Prisión, con el fin de promover la deflación punitiva en aquellas normas que resulten incompatibles con el derecho a la reinserción social y se establezca un programa de prisión permanentemente revisable para aquellas personas sentenciadas con condenas superiores a los 30 años y en los casos de penas vitalicias, a fin de que se evalúe la pertinencia de la excarcelación bajo argumentos humanitarios, sobre el cumplimiento de programas de reinserción social y disminución de riesgo social, respetuoso de los derechos humanos.