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Un policía y 4 civiles lesionados, saldo de enfrentamiento en Uruapan
MÉXICO, D.F., 3 de septiembre del 2014.- Etiquetada como “Trámite Preferente”, la Mesa Directiva del Senado de la República turnó a Comisiones la iniciativa del Ejecutivo federal para expedir la Ley General para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, y reformar la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a fin de que sea analizada y complementada para su posterior discusión ante el Pleno de la Cámara Alta.
Las comisiones que analizarán la propuesta del presidente Enrique Peña Nieto serán la de Atención a Grupos Vulnerables, Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, Derechos Humanos, Educación, Para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Segunda.
Con esta nueva Ley se busca garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes, plantea que las leyes federales y de las entidades federativas garantizarán que niñas y niños a quienes se atribuya la comisión de una conducta tipificada como delito, estén exentos de responsabilidad penal, y establecerán que no serán privados de la libertad ni sujetos a procedimiento penal alguno, sino que serán sujetos a rehabilitación y asistencia social.
Entre las sanciones previstas por la ley, destacan hasta tres mil días de salario mínimo a quienes laboren en establecimientos educativos, deportivos o culturales, de asistencia social o de cualquiera otra índole de jurisdicción federal y no impidan cualquier tipo de abuso, acoso, agresión, daño, intimidación, violencia, maltrato o perjuicio de que tengan conocimiento, ocasionados por niñas, niños y adolescentes entre sí, o que dichas conductas sean propiciadas por aquellos, es decir plantea el combate del ´bullying´.
También contempla la creación, a nivel federal y local, de procuradurías para la protección de los menores que tendrán, entre otras atribuciones, denunciar aquellos actos que presuman la ejecución de hechos delictivos en su contra, tomar medidas ante tales situaciones y promover acciones para la atención, defensa y protección de la niñez.
Establece la obligación de cualquier autoridad de los tres órdenes de adoptar medidas de protección especial cuando los niños, niñas y adolescentes se encuentren en situación de vulnerabilidad y expone un Programa Nacional de Protección a Niñas y Niños y Adolescentes, con las políticas, objetivos, estrategias y líneas de acción, así como el Sistema Nacional de Protección Integral para fomentar la colaboración y coordinación entre los distintos órdenes de gobierno.
Plantea que los servicios de asistencia social dirigidos a niñas, niños y adolescentes sean de calidad y con gran vocación protectora de sus derechos y obliga a cualquier autoridad que tenga conocimiento de que una niña, niño o adolescente es un migrante no acompañado deberá notificar de forma inmediata al Instituto Nacional de Migración, al DIF o al Sistema de las entidades federativas que corresponda, a fin de brindarles asistencia adecuada.
Dicha propuesta, por tratarse de una iniciativa con carácter de preferente, deberá ser discutida y votada por el Pleno de la Cámara de Senadores en un plazo máximo de treinta días naturales, en caso de ser aprobado o modificado, la propuesta pasará de inmediato a la Cámara de Diputados, la cual deberá discutirlo y votarlo en el mismo plazo y bajo las condiciones antes señaladas.