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CIUDAD DE MÉXICO, 5 de septiembre de 2023.- El Instituto Nacional Electoral (INE) informó a quienes pretendan postularse mediante candidatura independiente a la Presidencia, Senadurías y Diputaciones Federales por el principio de Mayoría Relativa para el Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024, que pueden hacerlo del conocimiento de la autoridad electoral ante las instancias y hasta las fechas siguientes:
De acuerdo con la convocatoria aprobada por el Consejo General, la manifestación de intención deberá dirigirse a la autoridad que corresponda y presentarse por escrito, en original, con firma autógrafa de la persona interesada, en las oficinas de la instancia respectiva, en el formato señalado como Anexo 11.2 (disponible en la página: https://www.ine.mx/candidaturasindependientes/).
El documento precisa que las personas interesadas deben proporcionar una cuenta de correo electrónico, así como el tipo de cuenta de usuario para autenticarse a través de Google o Facebook, toda vez que dicho correo es fundamental para el acceso a la aplicación informática que deberá utilizarse para recabar el apoyo de la ciudadanía.
La manifestación de intención deberá acompañarse de la documentación siguiente:
De resultar procedente la manifestación de intención, se expedirá constancia a la persona interesada, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía, aprobados por la autoridad electoral. A partir de la expedición de dicha constancia, la ciudadana o ciudadano interesado adquiere la calidad de aspirante a candidatura independiente.
Las constancias de aspirante deberán emitirse para todas las personas que hayan cumplido con los requisitos, enviarse a las y los interesadas por correo electrónico y ser entregadas personalmente en las fechas señaladas en la columna I, salvo que la manifestación se presente el último día y de ella derive requerimiento, en cuyo caso deberá emitirse a más tardar en las fechas de la columna II:
Asimismo, las y los aspirantes podrán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo requerido por la ley, por medios distintos a la radio y la televisión, a partir del día siguiente a la fecha en que se emita su constancia de aspirante y hasta el 6 de enero de 2024 para el cargo de Presidencia, 21 de diciembre de 2023 para Senadurías y 29 de noviembre de 2023 para Diputaciones.
Las personas aspirantes deberán contar con el apoyo de una cantidad de ciudadanas y ciudadanos equivalente a por lo menos el 1 por ciento de la Lista Nominal de Electores, en el caso de Presidencia, que pertenezcan a, al menos, 17 entidades federativas que sumen cuando menos el 1 por ciento de la ciudadanía que figure en la Lista Nominal en cada una de ellas.
Para Senadurías, deberán acreditar el apoyo de al menos 2 por ciento de la Lista Nominal de la entidad por la que participan, que pertenezcan a, al menos, la mitad de los distritos electorales que sumen cuando menos el 1 por ciento de la ciudadanía que figure en la Lista Nominal en cada uno de ellos y para diputaciones, al menos 2 por ciento de la Lista Nominal del distrito electoral federal del que se trate y que pertenezcan a, por lo menos, la mitad de las secciones electorales que sumen cuando menos el 1 por ciento de la ciudadanía que figure en la Lista Nominal en cada una de ellas.
A partir del 8 de septiembre de 2023, las ciudadanas y los ciudadanos interesados podrán consultar las cantidades equivalentes al porcentaje de apoyo de la ciudadanía que deberán recabar las personas aspirantes para cada cargo, en la dirección http://www.ine.mx/candidaturasindependientes.