Antes del 13 diciembre, aprobación de presupuesto: Monreal
CIUDAD DE MÉXICO, 15 de marzo de 2023.- Por unanimidad de 92 votos a favor, el Pleno del Senado de la República abrogó la Ley Sobre Delitos de Imprenta, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 1917, al conservar normas anacrónicas incompatibles con los derechos constitucionales de opinión y expresión de informar o de imprenta.
Definiciones como los de “ataque a la moral”, “a los derechos de terceros” y “a la moral pública”, por lo que la Cámara de Senadores consideró que esta legislación no sólo ha dejado de responder a la realidad, sino que resulta incompatible con el resto del orden jurídico nacional, manteniendo vigentes instituciones o procedimientos que hace tiempo fueron derogados.
De acuerdo al dictamen, se encuentran: la conceptualización de “ataque a la moral”, contenida en el artículo 2; la tutela a “las naciones amigas, a los soberanos o Jefes de ella o a sus legítimos representantes en el país”, contenida en la fracción III del artículo 3; la referencia a las publicaciones prohibidas; la incorporación de términos como “buenas costumbres”, “pudor”, “actos lúbricos”, “actos licenciosos o impúdicos”, decencia, “carácter obsceno” o “vicios”, manifiestamente anacrónicos pero sobre todo ambigús en la medida en que no se tiene claridad de las conductas que pretende sancionar.
Además, la calificación de “delictuosa” de la manifestación u expresión que aun cuando se trate de hechos ciertos o racionales, se haga mediante frases o palabras injuriosas, contenida en el artículo 6, así como la consideración de algunas publicaciones como “clandestinas”, impidiendo su circulación, y la criminalización de los editores de libros, folletos, anuncios, tarjetas u hojas sueltas, el regente de la imprenta u oficina que hizo la publicación, el propietario de dicha oficina, los operarios de imprentas, sostenedores, repartidores o papeleros.
Desde tribuna, el líder de Morena en el Senado, Ricardo Monreal Ávila, refirió que la dinámica legislativa es, en ocasiones, intensa, por lo que —parecería ser— que no se legislan asuntos de gran relevancia, no obstante, la actual abrogación de la Ley sobre Delitos de Imprenta recobra relevancia.
Por ello, en virtud de eliminar toda contradicción o retroceso en el avance progresivo referente a diversos derechos y libertades como la de expresión e imprenta, arguyó necesario la abrogación de dicha Ley.
Monreal recordó que en la Cámara de Diputados se presentó una iniciativa que agravaba sanciones por “injurias” al Presidente de la República, por lo que la consideró inadecuada en el marco de fortalecimiento de la libertad de pensamiento.
La Ley sobre Delitos de Imprenta fue elaborada y promulgada por Venustiano Carranza, en su calidad de Primer Jefe del Ejército Constitucionalista y encargado del Poder Ejecutivo de los Estados Unidos Mexicanos, el cual reglamentaba los artículos 6º y 7º de la Constitución General de la República.