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CIUDAD DE MÉXICO, 16 de enero de 2021.- La periodista Carmen Olsen fue absuelta de la condena de prisión en su contra por el delito de “ultrajes a la autoridad”, dictada en Baja California.
De acuerdo con Artículo 19, la resolución determinada por la Cuarta Sala Penal en Mexicali, Baja California fue notificada a la periodista el 15 de enero. La condena había sido dictada el 31 de agosto de 2020 por el Juzgado Mixto de Primera Instancia en Rosarito, Baja California. Anteriormente, el 10 de diciembre de 2020, la Cuarta Sala Penal decretó la “absoluta libertad” de Olsen de manera definitiva e inmediata, basada en las diversas violaciones procesales que hubo durante los 8 años en los que la periodista fue sometida a proceso. Lo que representa un logro para la libertad de expresión y un revés al uso de este tipo penal para criminalizar el periodismo.
Si bien este un gran paso hacia la justicia en el caso de Olsen, la resolución no se pronuncia sobre la inconstitucionalidad del tipo penal de “ultrajes a la autoridad”, el cual es utilizado por las autoridades para restringir la labor periodística, el ejercicio de la protesta y, en general, la libertad de expresión en México.
Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) establece que este tipo de leyes restrictivas violentan sistemas democráticos, pues limitan el escrutinio de la ciudadanía, para prevenir o controlar el abuso de su poder coactivo.
Cabe destacar que, en marzo de 2016, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad del delito de “ultrajes a la autoridad”, al resolver los amparos en revisión 2255/2015 y 4436/2015, derivado de procesos penales abiertos contra algunas personas en contexto de protesta en la Ciudad de México, lo cual también demostró su uso criminalizante contra la libre expresión. La SCJN determinó que ese delito va en contra del principio de legalidad, debido a su ambigüedad.
El proceso contra Olsen se deriva de los hechos ocurridos el 4 de enero de 2013, cuando la periodista fue agredida físicamente por los policías municipales Rafael Rodrigo García Robledo y Juan Álvarez Feliciano, quienes trataron de impedir que fotografiara la detención arbitraria de una persona que dichos elementos realizaban en la vía pública. Olsen, quien hacía su trabajo, fue detenida arbitrariamente.
Los policías municipales además denunciaron a la periodista por el delito de “ultrajes a la autoridad”, quienes alegaron que la periodista “los ofendió” durante la detención arbitraria, por lo que la entonces Procuraduría General de Justicia de Baja California inició una averiguación previa. Desde entonces, ARTICLE 19 ha asumido la representación y acompañamiento de la periodista, frente al cúmulo de agresiones que ha sufrido con motivo de su labor.
Cabe señalar que la periodista no fue privada de su libertad con motivo de esta condena, debido a los beneficios que corresponden por ley y el rango de penalidad del delito. Sin embargo, el largo proceso desde enero de 2013 no deja de ser un precedente muy negativo ya que posibilita a que aquellas autoridades que sean cuestionadas o criticadas puedan denunciar y amedrentar la labor que realizan las y los periodistas respecto a opinar o informar sobre el funcionamiento de las instituciones públicas. ARTICLE 19 continuará trabajando para que los verdaderos responsables de censurarla sean efectivamente sancionados.
Artículo 19 señaló que el caso de Olsen no es aislado, este tipo penal es utilizado como mecanismo de silenciamiento a periodistas. ARTICLE 19 documentó 35 agresiones mediante uso ilegítimo del poder público durante el primer semestre de 2020, de las cuales 15 consistieron en hostigamiento judicial por la vía civil y 4 por hostigamiento ministerial o judicial mediante la vía penal.