
Provocación, foto de bandera en protestas de Los Ángeles: Sheinbaum
CIUDAD DE MÉXICO, 11 de junio de 2025.- Las comisiones unidas del Senado involucradas en el dictamen de la iniciativa de Ley de Telecomunicaciones, dividirán las atribuciones del IFT en 3 entes públicos, pero conservarán la prohibición de propaganda política de gobiernos extranjeros en radio y televisión.
Senadores de Morena atenderán las modificaciones sugeridas en los conservatorios sobre esta propuesta de Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, luego de reunirse este martes, en privado, con la consejera jurídica, Ernestina Godoy y el titular de la Agencia de Transformación Digital, José Merino,
El morenista Javier Corral, quien fue moderador de los conversatorios, confirmó este encuentro a través de su cuenta de X, en el que hubo diálogo sobre la Ley en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y las propuestas de cambio surgidas en por la sociedad civil, expertos y especialistas involucrados.
Entre las modificaciones consideradas necesarias para fortalecer los objetivos en materia de conectividad, cobertura social y libertad de expresión, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones aceptó modificar la concentración de las facultades en un sólo ente y se dividirán las atribuciones del extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tres entes públicos:
Este última y nueva Comisión Reguladora de Telecomunicaciones tendrá a su cargo: concesiones y autorizaciones espectro radioeléctrico y órbitas satelitales (internet, radio, tv y recursos espaciales), regulación de servicios de telecom y radiodifusión, y verificación y sanción.
La mayoría parlamentaria de Morena y aliados aprobarán las modificaciones en puntos controvertidos como la censura de contenidos y eliminarán los artículos que establecían la autorización previa de Secretaría de Gobernación para transmitir contenidos extranjeros.
Además, la prohibición de publicidad extranjera en radio, tv (abierta y restringida) y pautar en plataformas digitales. Se elimina la referencia a entidades extranjeras, dejando únicamente aplicable gobiernos extranjeros y se incorpora como excepción (además de contenidos turísticos y culturales) los contenidos deportivos.
Se elimina el artículo que facultaba el bloqueo de plataformas digitales y sobre las definiciones “Proveedor de plataformas digitales” y “Servicios Digitales”.
Se exenta del pago de derechos a los concesionarios de uso público, social comunitario, indígena y afromexicano y a los pequeños operadores cuando lleven conectividad a zonas sin cobertura o zonas de atención prioritarias. Por primera vez, se prevén descuentos en el pago de derechos de espectro a cambio de obligaciones de cobertura.