Transparencia, el reto de la transición al Inegi y la reforma necesaria
CIUDAD DE MÉXICO, 8 de febrero de 2019.- Representantes de la ONU advirtieron el riesgo de aprobar una reforma que permita incrementar la lista de delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa, pues aseguraron que esta figura es violatoria de los derechos humanos y puede traer consigo consecuencias no deseables para el país.
Durante su participación en las audiencias públicas para analizar las modificaciones al artículo 19 en materia de prisión preventiva oficiosa que organiza la Cámara de Diputados, el representante en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab, señaló que se debería pensar en eliminar esta figura y no ampliarla.
«Considero que el Congreso debería estar dando pasos decididos en dirección opuesta; más que discutir la eventual extensión, tendría que estar planteando la eliminación de ese tipo de reclusión.
«El planteamiento no es derogar la prisión preventiva justificada, ni dejar a todas las personas imputadas libres, pero hay que entender que la prisión oficiosa es automática, obligatoria y supone la privación de garantías procesales básicas», sostuvo.
Riesgo de sobrepoblación carcelaria y hacinamiento
Jan Jarab indicó que este tipo de reclusión aumenta el riesgo de tortura y no abona a superar la impunidad, pues consideró que el común denominador del encarcelamiento injusto de inocentes, es la mala investigación, por lo que imponer una prisión preventiva oficiosa, dijo, no abona a que la indagación mejore.
Señaló que la impunidad en México coincide con la alta presencia de personas inocentes que esperan su liberación de las cárceles, y no pueden llevar su sentencia en libertad, porque el delito que se les imputa está en la lista de prisión preventiva oficiosa.
El representante de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, UNODC (por sus siglas en inglés), Antonino de Leo, afirmó que de aprobarse las reformas en materia de prisión preventiva oficiosa, se corre el riesgo de tener una sobrepoblación y hacinamiento en las cárceles, lo que generaría malas condiciones de reclusión.
«La prisión preventiva es uno de los principales factores que contribuyen a la sobrepoblación o el hacinamiento carcelario, a malas condiciones de reclusión y deficiencias sistémicas de los centros penitenciarios”, aseveró.
De Leo, quien también participó en las Audiencias Públicas sobre la reforma al artículo 19, recordó que de acuerdo con el World Prison Population List de 2018, entre 2014 y el año pasado, México logró reducir cerca de un 24 por ciento su población penitenciaria, y con ello el hacinamiento, “en este momento la sobrepoblación carcelaria no es un problema para el país, sin embargo, con la aprobación de este proyecto de reforma lo será”.
Refirió que de acuerdo a varios estudios internacionales, se ha demostrado que el encarcelamiento afecta de manera desproporcional a las personas que viven en situación de pobreza, son analfabetas o tienen un nivel educativo muy bajo.
Y sostuvo que todos los estándares internacionales en la materia, sobre prevención del delito, justicia penal y derechos humanos plantean el uso de la prisión preventiva de manera excepcional y como último recurso, por lo que, dijo, se debe dejar de aplicar la detención previa al fallo de manera obligatoria cuando una persona está acusada de un delito en particular.